a) Entre empresarios y trabajadores como consecuencia del contrato de trabajo y del contrato de puesta a disposición
b) En relación con las acciones que puedan ejercitar los trabajadores contra el empresario o contra aquéllos a quienes se les atribuya legal, convencional o contractualmente responsabilidad, por los daños originados en el ámbito de la prestación de servicios o que tengan su causa en accidentes de trabajo o enfermedades profesionales, incluida la acción directa contra la aseguradora Sigue leyendo