I. EJECUCIÓN DEL P.
La gestión del P. de ingresos se realizará en siguientes fases sucesivas o simultáneas:
- Reconocimiento del derecho: Es acto que, conforme a normativa aplicable a cada recurso específico, declara y liquida crédito a favor de AGE, de sus organismos autónomos o de entidades gestoras y servicios comunes de Seguridad Social.
- Extinción del derecho: Podrá producirse por su cobro en metálico, así como en especie, o compensación, en casos previstos en disposiciones especiales Sigue leyendo