La Separación de Poderes en la Constitución
1) La Separación de Poderes y la Forma de Gobierno
Es característico del Estado constitucional que, junto a los derechos fundamentales, se reconozca también el principio de división de poderes. Y es que, como dice el art. 16 de la Declaración Universal del Hombre y del Ciudadano:
En cuanto a la separación de poderes, las Constituciones pueden regular con mayor o menos amplitud su organización, determinando las instituciones, competencias, funciones, Sigue leyendo