Los interesados con capacidad de obrar podrán actuar por medio de representantes, entendiéndose con éstos las actuaciones administrativas, salvo manifestación expresa en contra del interesado.
Cualquier persona con capacidad de obrar podrá actuar como representante de otro ante la AP.
Para formular solicitudes, entablar recursos, desistir de acciones y renunciar a derechos en nombre de otra persona, deberá acreditarse la representación por cualquier medio Sigue leyendo →
Los interesados con capacidad de obrar podrán actuar por medio de representante, entendiéndose con éste las actuaciones administrativas, salvo manifestación expresa en contra del interesado.
Cualquier persona con capacidad de obrar podrá actuar como representante de otro ante la Administración Pública.
Para formular solicitudes, entablar recursos, desistir de acciones y renunciar a derechos Sigue leyendo →
Los interesados con capacidad de obrar podrán actuar por medio de representantes, entendiéndose por éstos actuaciones administrativas, salvo manifestación expresa en contra del interesado.
Cualquier persona con capacidad de obrar podrá actuar como representante de otro ante la Administración Pública.
Para formular solicitudes, entablar recursos, desistir de acciones y renunciar a derechos en nombre de otra persona, deberá acreditarse Sigue leyendo →