1.-FORMACIÓN DE LA SECCIÓN DE CALIFICACIÓN La calificación del concurso solo procede • Cuando sea aprobado un Convenio cuyo contenido prevea, para todos los acreedores o para los de una o varias clases, una quita de al menos de 1/3 del importe de sus créditos o una espera de al menos 3 años. • En todos los supuestos de apertura de la fase de liquidación. La formación de la Sección de calificación se produce de oficio, ordenándose en la misma una resolución judicial que Sigue leyendo