Derechos de las Personas ante las AAPP (Art. 13)
El artículo 13 regula los derechos de las personas ante las Administraciones Públicas (AAPP). Quienes tengan capacidad de obrar ante las AAPP son titulares, en sus relaciones con ellas, de los siguientes derechos:
- Comunicarse: A través de un Punto de Acceso General electrónico de la Administración.
- Asistencia: Ser asistidos en el uso de medios electrónicos en sus relaciones con las AAPP.
- Identificación y Firma: Obtención y utilización de los Sigue leyendo