Poder Ejecutivo
El Poder Ejecutivo se integra por el presidente de la República (elegido junto al vicepresidente por el cuerpo electoral por mayoría absoluta de votantes). La elección se realiza el último domingo de octubre cada 5 años. Si en esa fecha ninguno de los candidatos obtiene la mayoría exigida, se celebrará una segunda vuelta el último domingo de noviembre del mismo año entre los dos más votados. Solo podrán ser elegidos ciudadanos naturales en ejercicio con 30 años.
Funciones del Presidente:
- Jefe de Estado
- Designa y destituye a los ministros
- Observa el voto de censura
El Poder Ejecutivo también está integrado por el Consejo de Ministros.
Competencias del Poder Ejecutivo:
- Orden y seguridad (mando superior de las fuerzas armadas)
- Administración (administración central, nombrar y destituir funcionarios, conceder retiros y pensiones a empleados civiles y militares)
- Colegislativas (iniciativa, veto, promulgación)
- Control de los entes autónomos y servicios descentralizados
Poderes de Emergencia:
- Medidas prontas de seguridad en casos graves o imprevistos (debe comunicarlos dentro de las 24 hs)
- Suspensión de la seguridad individual en casos de traición o conspiración contra la patria, con previa autorización de la Asamblea General
Proceso Electoral del Presidente de la República
1. Elecciones Internas (no obligatorias, último domingo de junio)
Se elige al candidato de cada partido:
- Un candidato por partido (es electo el que obtiene la mitad + 1 de los votos, el que obtiene el 40% de los votos y aventaja al que le sigue en un 10%. Si no se cumple con los requisitos anteriores, el candidato es electo por la Convención Nacional, que es quien elige también al candidato a vicepresidente).
- Convención Nacional del partido
- Convención Departamental del partido
2. Elecciones Nacionales (obligatorias, último domingo de octubre)
Se elige a:
- Presidente (el que tiene la mitad + 1 de los votos)
- Vicepresidente
- Senadores y Representantes
3. Segunda Vuelta (obligatoria, último domingo de noviembre)
Entre los dos candidatos más votados en las elecciones nacionales.
Órganos de Control
Tribunal de lo Contencioso Administrativo
Se encarga de controlar la legalidad de los actos administrativos dictados por los órganos de gobierno que afectan los derechos de los habitantes. Resuelve conflictos entre el Estado y los particulares. Está integrado por 5 miembros elegidos por la Asamblea General.
Tribunal de Cuentas
Controla la legalidad de las actividades financieras de los órganos gubernamentales y que cada órgano gasta dentro de los límites asegurados en los presupuestos y dentro de lo que le compete.
Corte Electoral
Funciones:
- Administrativa (control del Registro Cívico Nacional, organiza actos electorales, designa a los funcionarios que intervendrán en ellos y los capacita)
- Jurisdiccional (juzga la legalidad de los actos electorales, anulando aquellos que son irregulares y volviendo a convocarlos)
Ciudadanía
Vínculo jurídico-político que une a una persona con el Estado y que lo habilita a participar en la vida política del Estado, otorgándole derechos y obligaciones.
Clases de Ciudadanos:
- Naturales: Nacidos en el territorio de la República, hijos de padre o madre oriental nacido en el extranjero, nietos nacidos en el exterior de ciudadanos naturales. Requisitos: avecinarse en el país 1 año e inscribirse en el Registro Cívico Nacional.
- Legales: Extranjeros que cumplen con los siguientes requisitos: buena conducta; residencia (3 años si tiene familia en la República o 5 años si no la tiene); intereses económicos en la República como trabajo, industria, propiedades, capital, profesión, etc.; inscripción en el Registro Cívico Nacional. Por gracia de la Asamblea General, obtienen la ciudadanía tres años después de registrarse en el Registro Cívico.
Electores No Ciudadanos
Requisitos: buena conducta, familia constituida, residencia 15 años, inscripción en el Registro Cívico Nacional. Derechos: sufragio, ser electo y elegible, participar en los mecanismos de democracia directa. Obligaciones: sufragio, inscribirse en el Registro Cívico Nacional y participar en asambleas receptoras de votos. Todos los ciudadanos pueden ser llamados a los empleos públicos.
Sanciones por No Votar
- Multa (1 UR por primera vez)
- Inhibiciones personales
- Trámites en oficinas públicas
- No comprar pasajes al exterior
- No cobrar salarios, pensiones, jubilaciones
- No poder rendir exámenes en educación terciaria
Sufragio
Forma en que se manifiesta la voluntad del cuerpo electoral y, a su vez, es una forma de manifestar dicha voluntad.