Sindicatos y Convenios Colectivos: Derechos y Negociación Laboral

Sindicatos: Defensa de los Derechos Laborales

Los sindicatos son asociaciones de trabajadores cuyo objetivo es defender los intereses comunes. Su misión principal es defender y promover las reivindicaciones económicas, sociales y políticas de sus miembros. Todos los trabajadores tienen derecho a sindicarse libremente para la promoción y defensa de sus intereses económicos y sociales.

Regulación de los Sindicatos en España

La regulación de los sindicatos se encuentra principalmente en:

  • La Constitución Española: Establece las bases y limitaciones, como las aplicables a las fuerzas armadas e instituciones sometidas a disciplina militar y a los funcionarios. Reconoce los derechos a fundar sindicatos, afiliarse libremente, formar confederaciones, fundar organizaciones sindicales internacionales y afiliarse a las mismas.
  • La Ley del Estatuto de los Trabajadores (LET): Regula los derechos de representación colectiva y de reunión de los trabajadores.
  • La Ley Orgánica de Libertad Sindical (LOLS): Desarrolla el derecho a la libertad sindical.

Derechos de los Sindicatos

Los sindicatos tienen los siguientes derechos:

  • Redactar sus estatutos y reglamentos y ocuparse de su gestión.
  • Constituir federaciones y confederaciones y organizaciones internacionales.
  • Para que puedan ser suspendidos o disueltos, es necesaria la intervención de la autoridad judicial.
  • Ejercer la actividad sindical dentro y fuera de la empresa.

Derechos de los Sindicatos Más Representativos

Los sindicatos más representativos tienen, además, los siguientes derechos:

  • Representar a los trabajadores ante las administraciones públicas.
  • Participar en la negociación colectiva.
  • Participar en la determinación de las condiciones de trabajo ante las administraciones públicas.
  • Participar en la resolución de conflictos de trabajo en los que no deba intervenir un juez.
  • Promover la elección de representantes de los trabajadores.
  • Obtener cesiones temporales en el uso de inmuebles patrimoniales públicos.

Elección de Delegados de Personal y Miembros del Comité de Empresa

En la elección de delegados de personal, cada elector da su voto a los aspirantes deseados, resultando elegido el que más votos tenga. Para los miembros del comité de empresa, el elector deberá elegir entre listas cerradas. Luego se asignarán puestos a cada lista mediante un sistema de representación proporcional.

Derechos de Reunión de los Trabajadores

Las reuniones de los trabajadores pueden ser convocadas por:

  • Los delegados de personal.
  • El comité de empresa.
  • El 33% de la plantilla.

Estas reuniones estarán presididas por el comité de empresa o por los delegados de personal. El lugar de reunión será el centro de trabajo y, salvo acuerdo con el empresario, se realizarán fuera del horario laboral. Los asuntos a tratar deben estar en el orden del día, y la convocatoria debe realizarse con 48 horas de antelación. Los acuerdos adoptados se considerarán válidos si cuentan con la mayoría absoluta.

Convenio Colectivo: Acuerdo para las Condiciones Laborales

Un convenio colectivo es un acuerdo suscrito por los representantes de los trabajadores y de la empresa para fijar las condiciones de trabajo y productividad.

Legitimación para Negociar un Convenio Colectivo

Están legitimados para negociar:

  • El comité de empresa o los delegados de personal.
  • Los representantes sindicales que presenten la mayoría.
  • Los empresarios o los representantes legales de los mismos.

Validez de un Convenio Colectivo

Para que un convenio colectivo sea válido, debe:

  • Hacerse constar por escrito.
  • Presentarse a la autoridad laboral en el plazo de 15 días desde su firma.

La autoridad laboral ordenará su registro y publicación en el BOE en un plazo de 10 días.

Adhesión vs. Extensión de un Convenio Colectivo

  • Adhesión: Puede hacerse por las partes legitimadas para negociar el convenio, siempre que no estuviesen afectadas por otro y se comunique este hecho a la autoridad laboral competente.
  • Extensión: Solo puede realizarla el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales en determinadas circunstancias.

Contenido Mínimo de un Convenio Colectivo

Un convenio colectivo debe incluir, como mínimo:

  • Determinación de las partes que lo conciertan.
  • Ámbito personal, funcional, territorial y temporal.
  • Cláusula de inaplicación o de descuelgue.
  • Forma y condiciones de denuncia del convenio, así como plazo de preaviso para dicha denuncia.
  • Comisión paritaria de la representación de las partes negociadoras.

Terminación de un Conflicto Colectivo

Un conflicto colectivo puede terminar:

  • Por acuerdo de las partes.
  • Por nombramiento de uno o varios árbitros cuya solución deberá ser acatada por las partes.
  • A través del juzgado de lo social o sala competente.

Huelga Legal

Una huelga legal requiere:

  • Acuerdo de los representantes de los trabajadores, por votación de los mismos o por acuerdo de las organizaciones sindicales.
  • Comunicación por escrito a los empresarios afectados y a la autoridad laboral 5 días naturales antes de la fecha de inicio.
  • Creación del comité de huelga para gestionar la resolución del conflicto.

La conclusión de la huelga se produce mediante acuerdo entre los trabajadores, representados por el comité de huelga, y el empresario.

Multa de Haber: Prohibición Legal

La multa de haber, que es una sanción impuesta por el empresario al trabajador que consiste en la apropiación por parte del empresario de cosas pertenecientes al trabajador, está prohibida por la LET.

Delegados de Personal en Empresas de Menos de 10 Trabajadores

No es posible elegir delegados de personal en empresas de menos de 10 trabajadores, ya que se requiere un mínimo de entre 10 y 50 trabajadores.