La Restauración Borbónica y el Sistema Canovista
Una monarquía liberal y un Estado centralista y católico, en cuyo régimen político cabrían todos los grupos comprendidos entre la derecha católica (excluyendo a los carlistas) y la izquierda monárquica (excluyendo a republicanos y obreristas). Además, se subrayaba que la restauración habría de realizarse de manera pacífica, sin intervencionismo militar. Sin embargo, el 27 de diciembre de 1874 el general Martínez Campos realizó un pronunciamiento en Sagunto, proclamando rey a Alfonso XII. Esto disgustó profundamente a Cánovas, pero Alfonso XII se trasladó a España y fue coronado en enero de 1875, en un ambiente de entusiasmo popular.
El reinado se inició con la formación de un gobierno presidido por Cánovas, cuyas primeras medidas denotaban ya el carácter conservador del nuevo régimen: estricta aplicación del Concordato y supresión de las libertades de expresión y cátedra. Durante el primer año y medio de reinado (hasta mediados de 1876) Cánovas tomaría muchas otras medidas, orientadas a conseguir un doble objetivo: la pacificación y la estabilidad política de España y la construcción del nuevo sistema político.
Medidas de Pacificación y Estabilidad
- En primer lugar, limitó las funciones del ejército a las estrictamente profesionales (defensa y orden público), para acabar con su intervencionismo en la vida pública.
- En segundo lugar, abordó los últimos conflictos pendientes:
- Puso fin a la Tercera Guerra Carlista en 1876 (y aprovechó la situación para suprimir los fueros vasco-navarros, aunque en 1878 compensaría a estas provincias con el establecimiento de conciertos económicos).
- Combatió a los insurgentes cubanos (con los que se firmaría la Paz de Zanjón en 1878, por la que España se comprometía a abolir gradualmente la esclavitud y otorgar la autonomía a Cuba, promesas que luego se incumplirían).
- En tercer lugar, convocó elecciones a Cortes, para que elaborasen una nueva Constitución que dotase de un marco jurídico al nuevo sistema político. A pesar de que las elecciones se celebraron con sufragio universal masculino, los conservadores consiguieron una amplia mayoría, debido al prestigio de Cánovas, a la elevada abstención y a la corrupción electoral.
La Constitución de 1876
La Constitución del 76 estuvo muy influida por la mano de Cánovas. Era corta (enunciaba los principios de manera sobria y sencilla) y flexible, la mayor parte de los artículos estaban redactados de manera ambigua, para que pudieran ser interpretados de forma más abierta por gobiernos de la izquierda liberal o de manera más restrictiva por gobiernos de la derecha sin vulnerarlos, inclusive eludía pronunciarse sobre los aspectos más polémicos o dejaba su ejercicio condicionado a las leyes redactadas con posterioridad. Con ello se pretendía superar el problema de las “constituciones de partido” y, precisamente por ello, ésta será la constitución española más longeva, con 48 años de vigencia (desde 1876 hasta 1931, a excepción de la Dictadura de Primo).
Principios y Características de la Constitución
- Soberanía compartida entre Corona y Cortes (a las que se les pretende dar legitimidad histórica, como representantes de la tradición y la nación respectivamente).
- Monarquía constitucional como forma de Estado.
- Sistema político liberal, que en la práctica fue muy conservador y excluyente.
División de Poderes
La división de poderes implicaba la conservación de muchos poderes para la Corona, militares (Jefatura del Ejército) y políticos (convocar y disolver las Cortes, nombrar gobierno y sancionar las leyes); esto no tenía porque impedir el funcionamiento del parlamentarismo, siempre que la Corona se abstuviera de practicar un intervencionismo político excesivo. El legislativo era teóricamente compartido, pero podían ejercerlo en exclusiva las Cortes bicamerales.
- El Senado era de composición compleja y muy conservador (unos por derecho propio, otros designados y otros elegidos).
- El Congreso elegido en función de la ley electoral que se redactase a posteriori: la de 1876 (Conservadora, Cánovas) volvía al sufragio censitario (5% de la población) y la de 1890 (Liberal, Sagasta) restableció el sufragio universal masculino, pero en ambos casos los resultados electorales estaban completamente adulterados.
Derechos, Libertades y Otros Aspectos
En cuanto a derechos y libertades civiles hubo una visible regresión: se definía perfectamente la propiedad, en cambio el ejercicio de las libertades fundamentales (expresión, prensa, asociación, etc.), quedaba condicionado a las leyes ordinarias, que serían restrictivas. Entre otros aspectos importantes cabe destacar que incidía en la necesidad de un fuero único (igualdad), acentuaba el centralismo (diputaciones y ayuntamientos nombrados por el gobierno) y resolvía las relaciones Iglesia-Estado con una fórmula muy ambigua: declaraba la confesionalidad católica, pero autorizaba el culto privado de otras religiones.