Ley Natural: Críticas, Concepto y Respuestas
Hablar de Ley Natural hoy resulta problemático, ya que ha recibido una serie de críticas:
- Insuficiente: Se argumenta que es una norma muy pobre, con poco contenido y profundidad.
- Confesional: Se afirma que solo sirve a los intereses de la Iglesia Católica.
- Inapropiada para una sociedad plural: Se considera inadecuada en sociedades diversas donde coexisten múltiples éticas.
- Norma externa: Se percibe como una imposición ajena al individuo.
Concepto de Ley Natural
Según el Diccionario Jurídico, el Derecho Natural se halla integrado por el conjunto de valores previos al derecho positivo que deben fundamentar, orientar y limitar críticamente el derecho positivo en cuanto puesto o impuesto con fuerza vinculante por quien ejerce el poder en la sociedad.
Existen teorías muy diversas pero que tienen un denominador común, el cual supone la afirmación de unos principios jurídicos universales, inviolables e inmutables.
La ley moral natural es, según Santo Tomás de Aquino,
“la participación de la ley eterna en la criatura racional”
, es decir, la verdad grabada en el corazón de todo ser humano, y que a su vez integra el derecho natural.
El Catecismo de la Iglesia Católica resume bien el contenido central de la doctrina sobre la ley natural, revelando que indica
“los preceptos primeros y esenciales que rigen la vida moral”.
Juan Pablo II aclara que
“no es otra cosa que la luz de la inteligencia infundida en nosotros por Dios. Gracias a ella conocemos lo que se debe hacer y lo que se debe evitar. Dios ha donado esta luz y esta ley en la creación”.
Características de la Ley Natural
- Objetividad: Posee un valor objetivo. Está impresa por Dios en los hombres y no depende de ideas propias o pareceres subjetivos. Se puede juzgar con acierto o error respecto a ella, pero la ley natural es independiente de esas opiniones (ver relativismo).
- Universalidad: Abarca a todos los hombres. A pesar de diferencias de razas y culturas, todos poseen la misma naturaleza humana y, por tanto, los mismos derechos y deberes fundamentales (ver discriminación).
- Inmutabilidad: Permanece a lo largo de la historia. Mientras el hombre sea hombre, no pueden alterarse las normas que le afectan por el hecho de ser humano.
Ejemplos de Ley Natural
Dos ejemplos claros de Ley Natural son, en el campo religioso, los Diez Mandamientos y, en el terreno jurídico, la Declaración Universal de los Derechos Humanos.
Respuesta a las Críticas sobre la Ley Natural
A continuación, se abordan las críticas mencionadas anteriormente:
- Insuficiencia: Al ser la base o el fundamento, la Ley Natural no pretende ser exhaustiva por sí misma, sino un punto de partida ético esencial. No tiene sentido hablar de insuficiencia en este contexto, ya que la mayor responsabilidad recae en cada individuo para desarrollarla y aplicarla.
- Confesionalidad: No es una invención exclusiva de la Iglesia Católica; sus raíces se encuentran en filósofos como Aristóteles y pensadores de diversas tradiciones. Aunque la doctrina sobre la ley moral natural se ilumine y desarrolle en plenitud a la luz de la Revelación cristiana, no se trata de un tema de carácter exclusivamente «confesional».
- Inapropiada para la pluralidad: Lejos de ser inapropiada, proporciona principios básicos comunes que pueden facilitar la convivencia y el diálogo en una sociedad plural. No es cierta, por tanto, la crítica que dice que no sirve para entablar un diálogo en una sociedad diversa.
- Norma externa: No es una norma impuesta desde fuera (heteronomía), sino que se considera inherente a la naturaleza humana, algo que “llevamos dentro”. Se le llama Ley Natural porque todo ser humano está sujeto a ella. Esta Ley Natural no es tanto una norma que se impone desde fuera, sino que es una norma que está en el hombre, que lleva impresa y le conduce a un determinado fin (la felicidad). Por esto debe cumplirla y buscar la adecuación de sus creaciones a aquella.
Según Benedicto XVI, la Ley Natural está orientada sobre todo a justificar e ilustrar los fundamentos de una ética universal, perteneciente al gran patrimonio de la sabiduría humana, que en cierto sentido constituye
una participación de la criatura racional en la ley eterna de Dios.
El Papa prosigue diciendo que con esta doctrina se logran dos objetivos esenciales:
…se comprende que el contenido ético de la fe cristiana no constituye una imposición dictada desde el exterior a la conciencia del hombre, sino una norma que tiene su fundamento en la misma naturaleza humana; por otra, partiendo de la ley natural que puede ser comprendida por toda criatura racional se ponen los fundamentos para entablar el diálogo con todos los hombres de buena voluntad y, más en general, con la sociedad civil y secular.
Fundamento y Fin de la Comunidad Política
Antes que nada, es importante considerar tres afirmaciones generales:
- La comunidad política integra la sociedad civil y la autoridad (Estado). Ambas realidades se complementan, expresando la necesaria concurrencia del principio de participación (gobernados) y el principio de subsidiariedad (gobernantes).
- La Iglesia no condena ningún régimen político específico elegido por la comunidad civil, siempre que su actividad se oriente al bien común. Esto implica libertad para elegir la forma de gobierno y respeto por la autoridad constituida.
- La comunidad política posee autonomía propia, como otras realidades temporales. Esto es compatible con el derecho fundamental a la libertad religiosa y el reconocimiento del origen divino de la autoridad.
La comunidad política es institución necesaria en la vida humana. Constituye una exigencia básica e ineludible de la naturaleza social del hombre. De modo que
“el hombre está ordenado por la naturaleza a vivir en comunidad política”
.
La comunidad política existe para obtener un fin de otra manera inalcanzable: el crecimiento más pleno de cada uno de sus miembros, llamados a colaborar establemente para realizar el bien común, bajo el impulso de su natural inclinación hacia la verdad y el bien.
Ahora bien, la persona humana es el principio y el fin de la comunidad política. Por eso el ejercicio del poder por parte de la autoridad ha de consistir en el servicio a todos y cada uno de los ciudadanos: son la autoridad porque nosotros los hemos elegido.
Considerar a la persona humana como el fundamento y fin de la comunidad política significa trabajar, ante todo, por el reconocimiento y el respeto de su dignidad mediante la tutela y la promoción de los derechos fundamentales e inalienables del hombre.
La comunidad política tiende al bien común cuando actúa a favor de la creación de un ambiente humano en el que se ofrezca a los ciudadanos la posibilidad del ejercicio real de los derechos humanos y del cumplimiento pleno de los respectivos deberes.
El hecho de que la persona humana sea el fin y fundamento de la comunidad política tiene tres consecuencias principales:
- Ética: Las decisiones políticas deben promover activamente la dignidad humana.
- Jurídica: El derecho es el medio principal para proteger la dignidad humana.
- Política: Los gobernantes y políticos están al servicio de los ciudadanos.
La propuesta de la Iglesia no es un modelo técnico político, sino social: construir la “civilización del amor” para liberar a tantos hombres y mujeres de opresiones económicas, políticas y sociales intolerables.
Este proyecto de sociedad exige una nueva reflexión sobre lo que constituye la conexión del mandamiento supremo del amor con el orden social considerado en toda su complejidad: el principio de participación cobra hoy una importancia mayor, así como el papel de los laicos desde la reflexión y en orden a la acción.