La Revolución Liberal en España (1808-1833)
Este periodo, que abarca desde la Guerra de la Independencia hasta el final de la Primera Guerra Carlista, presenció un cambio revolucionario en España. El modelo político absolutista fue sustituido por el liberal. Durante la Guerra de la Independencia, se produjo el colapso del Antiguo Régimen y coexistieron dos nuevos modelos políticos de corte liberal: el modelo francés en la España ocupada bajo la monarquía de José I Bonaparte, y el modelo español en el territorio liberado, bajo las Cortes de Cádiz.
Reinado de José I Bonaparte: El Modelo Reformista Francés
José I Bonaparte fue coronado rey de España por su hermano Napoleón en mayo de 1808, de quien dependía tanto militar como políticamente. José I intentó desligarse de esta dependencia y rodearse de los afrancesados. La propuesta política de los Bonaparte para España quedó recogida en el Estatuto de Bayona, inspirado en los principios ideológicos de la Revolución Francesa y en la autoridad imperial francesa.
El Estatuto de Bayona establecía:
- Una monarquía autoritaria con fuerte capacidad legislativa.
- Unas Cortes bicamerales y estamentales.
- Reformas socioeconómicas.
- Reconocimiento de determinados derechos individuales.
José I contaba con el apoyo de los afrancesados, españoles que lo apoyaban por diversas razones: evitar el proceso revolucionario, lealtad geográfica, miedo a la guerra o para mantener sus posiciones sociales. A partir de 1814, serían perseguidos como traidores y la única salida posible sería el exilio.
Las Cortes de Cádiz: El Modelo Español
La Formación de las Juntas
Al ausentarse Fernando VII para reunirse con Napoleón, dejó una Junta de Gobierno presidida por su tío Antonio Pascual de Borbón. Esta Junta fue acusada de colaborar con los franceses y de no ser capaz de impedir la invasión napoleónica, lo que ocasionó un vacío de poder. En septiembre de 1808, las Juntas Provinciales crearon la Junta Suprema Central Gubernativa del Reino, presidida por el Conde de Floridablanca.
Las Juntas estaban formadas por pequeña nobleza local, clero, artesanos, labradores enriquecidos, burgueses, comerciantes, profesionales liberales y militares. Todos ellos de origen, procedencia e interés distintos, pero con un objetivo común: echar a los franceses.
La labor política de las Juntas se desarrolló en dos vías:
- Defender la monarquía en la persona de Fernando VII.
- Asumir el poder ejecutivo y legislativo sin restricciones.
Las Cortes de Cádiz
Se vio la necesidad de canalizar el poder político asumido por las Juntas mediante la convocatoria de Cortes. En 1809 se convocaron las Cortes en Aranjuez, pero debido a la presencia de los franceses, se fue cambiando la sede a Extremadura, Sevilla y finalmente Cádiz. Empezaron a funcionar en septiembre de 1810 hasta septiembre de 1813.
Había partidarios de las Cortes estamentales (que pretendían mantener el sistema del Antiguo Régimen) y otro grupo que pretendía la celebración de Cortes representativas, opción que finalmente se impuso. Los diputados elegidos en las zonas ocupadas por los franceses, si no podían ir a Cádiz, elegían un sustituto entre la población de Cádiz. De este modo, las Cortes quedaron compuestas por clases medias urbanas.
Ideológicamente se configuraron tres grupos en las Cortes de Cádiz:
- Los conservadores: pretendían mantener el modelo social y estamental del Antiguo Régimen y el absolutismo político.
- Los jovellanistas: liderados por Jovellano, proponían una gestión conjunta del poder entre el rey y la nación.
- Los defensores del liberalismo: pretendían cambiar el sistema por medio de las reformas legislativas y el constitucionalismo. Fueron los que finalmente se impusieron, dotando a las Cortes, como asamblea nacional, de todo el poder (Soberanía Nacional).
La labor legislativa de las Cortes de Cádiz estuvo inspirada por los planteamientos ideológicos surgidos de la Ilustración y los principios de la Revolución Francesa. Destaca la formulación de conceptos importantes como:
- La soberanía nacional: fuente de todo poder del Estado.
- Nación: conjunto de todos los españoles de ambos hemisferios (definición de las Cortes).
- División de poderes: poder legislativo, poder ejecutivo y poder judicial.
- Monarquía constitucional: forma política en la que se organiza la nación española (Constitución de 1812).
- Estado liberal centralizado y uniforme: única administración con delegaciones territoriales perfectamente jerarquizadas y unos códigos jurídicos.
Constitución de 1812
La principal obra legislativa de las Cortes de Cádiz fue la Constitución, aprobada el 19 de marzo de 1812. Contiene el planteamiento político de los liberales de la época (doceañistas). Se desarrolló también en una serie de medidas legales, encaminadas a promover el cambio económico y social del Antiguo Régimen hacia un estado liberal. Tiende a la defensa de la propiedad libre y plena y a la libertad de comercio e industria, estableciendo criterios de igualdad jurídica de los ciudadanos.