FOL desempleo

TEMA 7

DESEMPLEO

Atender la situación de necesidad que se produce cuando un trabajador, con capacidad para trabajar y con intención de hacerlo, no puede prestar sus servicios en el mercado de trabajo, por no encontrar un puesto o por haber perdido el que tenía. Entidad gestora (SPE). Dos niveles: contributivo y no contributivo (o asistencial, primero hay que pasar por el contributivo). Contributivo: tiene la función de sustituir las rentas de trabajo dejadas de percibir. Asistencial: función compensatoria, atender a las situaciones reales de necesidad, acreditadas mediante la demostración de la carencia de recursos por debajo de un determinado umbral.

NIVEL CONTRIBUTIVO

Situación protegida


Quienes queriendo y pudiendo trabajar, pierdan su empleo de forma temporal o definitiva o reducida su jornada, por expediente de regulación de empleo, con pérdida o reducción de salarios, por alguna de las causas establecidas como situaciones legales de desempleo.
Es total cuando se cesa totalmente la actividad laboral, por suspensión o extinción del contrato. Parcial cuando se reduce la jornada entre 10% y 70%.

Requisitos


Estar afiliado y en alta o situación asimilada al alta, un determinado periodo de cotización y la aceptación del compromiso de actividad y aceptación de colocación adecuada. Cotización mínima exigida es de 360 días dentro de 6 años anteriores a desempleo.

Hechos causantes


Extinción de la relación laboral por cualquier procedimiento de despido, expiración de contratos temporales, modificaciones sustanciales de condiciones laborales o voluntaria de la trabajadora víctima de violencia de género. Suspensión de la relación laboral o reducción de jornada y por decisión de la trabajadora obligada a abandonar su puesto por ser víctima de violencia de género.

Otros supuestos

Retorno de emigrantes, liberación de prisión, trabajadores fijos discontinuos en periodos de inactividad, etc.

Contenido de la prestación


Cuantía


Se aplica porcentaje, se parte del día en que se incurríó en situación de desempleo y se calcula promedio de las bases de cotización de los 180 días precedentes. Primeros 180 días 70%, resto 50%. Ajuste conforme a unos porcentajes máximos y mínimos sobre el IPREM, en función de si tienen o no hijos a cargo. Durante prestación se sigue cotizando por contingencias comunes, SEPE descuento 65% al trabajador, también descuento de la retención del IRPF, excepción de suspensión o reducción de jornada que es el empresario el obligado a cotizar.
Prestación mensual y en determinados casos pago único, trabajadores extranjeros abonan un 40% en España y resto en su país de origen teniendo 30 días para abandonar el país y compromiso de no volver en 3 años.

Nacimiento del derecho


Nace cuando desempleo y se solicita la prestación en plazo 15 días hábiles. SI se presenta fuera de plazo se pierden esos días computándose el inicio desde la formulación de la solicitud.

Duración de la prestación


Se determina de acuerdo con el periodo de ocupación cotizada en los últimos 6 años anteriores a la situación legal de desempleo, escala que va desde 120 días de prestación (360 días trabajados) hasta 720 días (2160).

Relación con otras prestaciones


Si trabajador se encuentra en IT y se extingue contrato sigue cobrando prestación aunque cambia cuantía si es por contingencias comunes ya que pasa a cobrar el importe del desempleo y su duración se descuenta de la duración del desempleo, si es por contingencia profesional seguirá percibiendo la cuantía de IT y no se descuenta el periodo concurrente, expirada la IT comenzará la de desempleo. Si está disfrutando de prestación por desempleo y pasa a IT: si es recaída percibirá la prestación por desempleo y al terminarse continúa con la IT con la misma cuantía anterior, si no es recaída cobrará el desempleo hasta que se termine y luego la IT en cuantía del 80% IPREM. Si baja por maternidad o paternidad y se extingue contrato, continúa la caja y luego desempleo sin descuento de tiempo. Si está desempleo y pasa a maternidad o paternidad se suspende desempleo y pasa a maternidad o paternidad y al acabarse pasa a desempleo por el tiempo y cuantía restante e inicial.

NIVEL ASISTENCIAL

Requisitos


Inscrito como demandante de empleo durante 1 mes; voluntad de encontrar trabajo; carecer de rentas de cualquier naturaleza superior en cómputo mensual al 75% SMI mensual; haber agotado prestación contributiva por desempleo (con cargas familiares o + de 45 años); colectivo con dificultades de inserción; cotizados 3 meses (cargas familiares) o 6; dificultad para acceder al mercado laboral.

Cuantía

80% IPREM, SEPE cotizar por asistencia sanitaria y protección a la familia. Subsidio para mayores de 55 años también se cotiza por jubilación.

Duración

6 meses, prorrogables por periodos de 6, máximo 18, aunque se puede ampliar en caso de ser mayores de 45 años.

OTRAS PROTECCIONES ESPECIALES

Renta agraria de trabajadores eventuales residentes en Andalucía y Extremadura


Se exige desempleados y demandantes de empleo y no puedan ser beneficiarios del subsidio de desempleo, domicilio geográfico en estas comunidades, haber realizado un mínimo de 23 jornadas reales cotizadas y carecer de rentas.

Renta activa de inserción

Incrementar las oportunidades de retorno al mercado de trabajo de trabajadores desempleados con especiales necesidades económicas y dificultad para encontrar empleo. Mayores de 45 años o discapacitados en más del 33% que se encuentren inscritos como demandantes de empleo durante 12 o + meses, que hayan agotado prestaciones y subsidios y carezcan de rentas superiores en cómputo mensual al 75% SMI. Cuantía 80% IPREM por 1 año, puede variar.

Trabajadores autónomos

Cotizado al menos 12 meses con anterioridad al cese de actividad, por concurrencia de motivos económicos, técnicos, productivos y organizativos, fuerza mayor, pérdida de licencia administrativa, etc. Base reguladora promedio de las bases de cotización de los 12 meses, se le aplicará el 70% con sujeción a los límites que procedan según las cargas familiares.