Las Cortes de Cádiz: la Constitución de 1812
1.- Introducción
. 1808 marcó el inicio de la Historia
Contemporánea en España, con la entrada de las tropas napoleónicas y el alzamiento el 2 de Mayo contra estas, lo que supuso la irrupción de las clases medias y populares en la escena política. La revolución contemplaba la convocatoria de Cortes “generales extraordinarias”, de donde saldría toda una obra legislativa de carácter liberal que culminaría con la Constitución de 1812.
2.- La crisis de la monarquía y la guerra de la independencia
. El gobierno y la monarquía españoles, cuyas figuras principales eran el rey Carlos IV, su esposa María Luisa y el valido Godoy, se encontraban en crisis, agudizada por varios motivos. Uno de ellos fue la subordinación de la política exterior a las necesidades de la Francia de Napoleón, con el tratado de Fontainebleau en 1807, con el que se dejaba pasar a los franceses hacia Portugal para atacarlo. Esto aumentó el descrédito del rey, y su hijo Fernando VII fortalecíó su popularidad, y acabó alzándose entre el 17 y el 19 de Marzo de 1808 en el motín de Aranjuez, donde se destituyó a Godoy y Carlos abdicó en su hijo. Poco después se produjeron las abdicaciones de Bayona de Fernando VII en su padre, y de este en Napoleón, quien nombró a su hermano José rey de España. La cesión de la soberanía en Napoléon y su hermano no fue reconocida por los españoles, quienes se levantaron contra las tropas francesas el 2 de Mayo. La resistencia hizo surgir Junta Central. Su presidente fue el conde de Floridablanca, y la sede se establecíó en Cádiz. Se decidíó convocar Cortes unicamerales, y se optó por el sufragio universal masculino de mayores de 25 años. La Junta se disolvíó, aislada en Cádiz, y se entregó el gobierno a un Consejo de Regencia de cinco miembros. Las Cortes se abrieron el 24 de Septiembre de 1810.
3.- La Constitución de 1812
En la primera sesíón de las Cortes se afirma su carácter constituyente y se emprende la elaboración de una Constitución, en la que tuvieron especial protagonismo los diputados liberales, como Argüelles y Pérez de Castro. El texto se compuso de 10 títulos y 384 artículos, y se basaba en cinco principios
: La soberanía nacional
El poder político pertenecía a la nacíón, delegado en los representantes elegidos.
La división de poderes
El poder legislativo reside en “las Cortes con el Rey”, es decir, el Rey puede vetar leyes pero un máximo de dos veces en un periodo de tres años; el poder ejecutivo reside en el Rey, que nombra a sus secretarios; y el poder judicial reside en los tribunales, y se reconocen el fuero eclesiástico y militar como jurisdicciones especiales.
La igualdad de todos los ciudadanos ante la ley
Significó el fin de las diferencias estamentales y de los privilegios fiscales, militares y jurídicos.
El establecimiento de elecciones por sufragio universal para varones mayores de 25 años
El reconocimiento de derechos y libertades individuales
Libertad de imprenta, de reuníón, a la propiedad, a la educación, inviolabilidad del domicilio. Sin embargo se niega la libertad religiosa para mantener el valioso apoyo del clero en la guerra. Tampoco se suprimíó la esclavitud, para no dañar la economía colonial.
4.- Conclusión
La Constitución tuvo tres periodos de vigencia: de Marzo de 1812 a Mayo de 1814, de Enero de 1820 a Noviembre de 1823 y de Agosto de 1836 a Junio de 1837. Los pronunciamientos contra el absolutismo de los liberales tuvieron siempre como primer objetivo restaurar la Constitución de 1812. Aunque hay elementos de origen francés, el texto recoge elementos propios, lo que la hizo modelo de otros textos constitucionales de la Europa de la época.
Fernando VII
1.- Introducción
Al borde de la derrota, Napoleón firma el Tratado de Valençay en 1813 con Fernando VII, por el que este es repuesto en el trono y se da por acabada la Guerra de la Independencia. Durante los casi 20 años de reinado se mantuvo un conflicto entre absolutistas y liberales, con la anulación de todas las reformas de Cádiz. Los segundos llevaron a cabo continuos levantamientos para volver al poder, que fueron respondidos con una gran represión por parte del rey.
2.- El sexenio absolutista
Fernando VII llegó a Valencia en Abril de 1814, coincidiendo con el Manifiesto de los Persas, en el que 69 diputados absolutistas, entre los que destacaba Rosales, le solicitaban el retorno del Antiguo Régimen.
Este manifiesto le sirvió de base para organizar un Golpe de Estado, y elaborar el decreto de Valencia, en el que abolía toda la legislación de las Cortes de Cádiz, incluida la Constitución. Mientras, la Santa Alianza unía a casi todas las monarquías europeas en contra de cualquier brote liberal. A su vuelta, Fernando ejercíó una dura represión contra afrancesados y liberales, que tuvieron que exiliarse a Francia y al Reino Unido.
2.2.- Pronunciamientos y conspiraciones
Los sectores liberales llevaron a cabo una serie de pronunciamientos militares, como el de Espoz y Mina en 1814 en Navarra, que fracasó, y tuvieron que huir a Francia; o el de Porlier en 1815 en A Coruña, que también fracasó, y fue ejecutado. El 1 de Enero de 1820, el ejército dirigido por el coronel Riego, que debía ir a Burgos Aires a reprimir la insurrección americana, se sublevó en Las Cabezas de San Juan, Sevilla. Aunque parecía que iba a fracasar, se extendíó por Andalucía, y Fernando VII tuvo que jurar el 7 de Marzo la Constitución de 1812. Comenzó así el trienio liberal.
3.- El trienio liberal
Los liberales volvieron del exilio, como Argüelles, y tomaron una serie de medidas: libertad de los presos políticos, supresión definitiva de la Inquisición, vuelta a sus cargos de las autoridades constitucionales, convocatoria de Cortes, creación de la Milicia Nacional para defender el liberalismo, libertad de expresión, creación de las sociedades patrióticas para debatir temas de actualidad, etc.
4.- Conclusión
La restauración del absolutismo intentó borrar la obra legislativa de las Cortes de Cádiz, pero se sucedieron los intentos de restaurar la constitución de 1812. El de Riego triunfó en 1820, y comenzó el trienio liberal, donde el liberalismo se dividíó internamente. La vuelta al absolutismo en 1823 supuso la represión y el exilio para los liberales. Mientras, los absolutistas más radicales apoyaron al hermano del rey, Carlos María Isidro, y Fernando tuvo que apoyarse en los liberales para garantizar el gobierno de su hija. A su muerte, con las regencias de María Cristina y de Espartero se establecería el modelo liberal del Siglo XIX en España.