La libertad y sus tipos.
La libertad alude genéricamente a la posibilidad de elegir sin Dependencias ni coacciones externas. Por ejemplo decidirse por una profesión.
La libertad,en este Sentido, es poder hacer lo que uno quiera, elegir una acción por uno mismo sin Estar sometido a condicionamientos que nos obliguen a actuar en contra o al Margen de nuestra voluntad
Es preciso distinguir entre libertad sociológica, psicológica y
moral:
1.La Libertad sociológica alude a la autonomía de que goza el individuo frente a la sociedad, y se refiere a la libertad política o civil.
2.La libertad psicológica es normalmente, la capacidad que Posee el individuo, dueño de sí mismo, de no sentirse obligado a actuar a Instancias de su motivación más inmediata
La libertad moral, por su parte, es la capacidad del ser Humano de actuar de acuerdo con la razón
La realización concreta de la libertad.
La palabra liberación, Por su parte, hace referencia a la posibilidad concreta y objetiva de realizar La libertad den las condiciones psicológicas, económicas, culturales, sociales Y políticas apropiadas.
Marx y el marxismo han Defendido que el problema de la libertad se resuelve realmente como tarea Práctica de transformación del mundo de modo que desaparezca toda situación de Dominio del hombre sobre el hombre, en la que es imposible la libertad.
El psicoanálisis ha puesto de relieve, en cambio, la Importancia de los procesos inconscientes de la determinación del Comportamiento consciente del hombre.
La libertad es la base tanto de la responsabilidad como de la
Dignidad de la persona, así como de su legítima exigencia de autonomía social.
El determinismo.
Hay científicos y filósofos que creen que la libertad de Elección por parte de los seres humanos es ilusoria, y afirman que hay un Determinismo que nos impulsa a actuar siempre de la manera como actuamos.
El desarrollo de la ciencia moderna y el determinismo.
El desarrollo de la ciencia moderna, que se ha producido en Lucha constante contra la superstición y un favor de una racionalización del Mundo, impuso la idea de un orden cósmico regulado por el principio de Causalidad.
Somos incapaces de conocer todas las leyes que rigen la Naturaleza y todas las relaciones de causa-efecto que hay detrás de cada Acción.
El concepto de determinismo,el resultado de uno de los Principios del mecanismo según el cual todo cuanto sucede está determinado por Una causa.
La libertad en el ámbito moral.
La libertad tiene su lugar propio en el dominio de la moral.
El hecho de la transformación histórica del mundo demuestra que No todos los fenómenos están rigurosamente predeterminados por leyes físicas Inexorables, sino que es posible el despliegue de nuevas posibilidades de Organización en virtud de la acción humana.
Libertad y responsabilidad.
La libertad como fundamento de la responsabilidad.
Más que una antítesis entre determinismo y libertad, sería más Apropiado hablar de posibilidades y de límites.
Si los seres humanos estuviéramos determinados actuar por Fuerzas a las que estamos sometidos sin poder evitarlo, seríamos y Responsables.
Para poder hablar de responsabilidad si de Justicia, hay que Reconocer en los seres humanos la libertad de acción y la capacidad de dirigir Su comportamiento y sus fines.
En qué consiste la Responsabilidad.
Ser responsable es poder responder de nuestros actos y asumir Sus consecuencias. Se es responsable de un acto:
cuándo se ha querido hacerlo y se ha hecho
cuándo se ha hecho, aún sin querer
cuando no se ha querido hacerlo ni se ha hecho, pero Dependía de nosotros evitar que tal hecho ocurriera
y por último, cuando se ha querido hacerlo, aunque no se Haya hecho
Las condiciones de la responsabilidad son:
la existencia de una ley (social o moral)
estar en posesión de nuestras facultades mentales (los Enfermos mentales no son responsables)
y actuar libremente (no sé responsable de actos cometidos Bajo coacción)
2 las condiciones de la Libertad.
Autonomía y dominio de uno mismo.
Una acción verdaderamente libre es aquella que es causada por La persona que la realiza y es aceptada por ella como su propia elección y Responsabilidad.
A esto se le denomina autonomía y autodeterminación: capacidad De darse uno a sí mismo sus propias leyes, actuar respetando normas que se Aceptan libremente por decisión propia, con sentir conscientemente en obedecer Las leyes y tener la voluntad de hacerlo.
Su opuesto es la heteronomía, que es el hecho de que la ley se Me imponga desde fuera, sin que yo le de mi adhesión voluntariamente.
Para Kant, este es el concepto fundamental de su teoría ética. La autonomía es, para él, condición intrínseca de la libertad y, por tanto, de La moralidad: es la facultad que tiene la voluntad de autodeterminarse solo por Respeto al deber.
En este sentido, la pasión es la inclinación que impide a la Voluntad autodeterminarse en conformidad con principios racionales.
Como Kant también los estoicos consideran que las emociones y Las pasiones deben ser moderadas y dominadas por la razón.
Libertad y cumplimiento de la ley.
La libertad es, entonces, un tipo de obediencia a lo
Establecido por las leyes, y eso le señala unos determinados límites, pero la
Convierte también un derecho.
En lugar, pues, de afirmar de afirmar que mi libertad acaba Dónde empieza la de los demás, sería más adecuado decir que me Libertad Comienza donde comienza la de los demás, ya que la libertad solo es posible con El buen funcionamiento de la convivencia y de la sociedad que beneficia a Todos.
Libertad de y libertad para.
La distinción entre libertad de y libertad para fue propuesta Por el filósofo británico del Siglo XXX Isaiah Berlín, que define ambas del modo Siguiente:
la libertad de es la ausencia de coacción y de obstáculos a La actuación del individuo por parte de los demás
la libertad para consiste en la autonomía del individuo, que Es dueño de sí mismo
Así pues ser libre incluye tanto estar libre de presiones y Condicionamientos represivos (libertad de y libertad al respecto de) cómo el Poder de configurar y desarrollar autónomamente el propio proyecto vital (libertad para).
Por tanto, la libertad no solo de cine un espacio propio en el Que los demás o el Estado no tiene derecho a intervenir porque cada individuo Es responsable de su propia libertad coma sino que designa también un ideal de Vida.
3 los límites de la libertad.
La libertad no es un derecho absoluto.
Justificaciones de nuestro derecho a la libertad.
La forma más antigua de justificar esté derecho fue la que Defendía que los seres humanos tenemos un derecho natural a la libertad.
El filósofo utilitarista inglés del Siglo XIX John Stuart Mill Defendíó una estimación de la libertad como requisito necesario para lograr Lograr el ideal moral último al que debe tender todo individuo civilizado Conseguir el máximo de felicidad para el mayor número de personas. Para este Filósofo, la libertad de uno es un derecho natural, sino un derecho moral. Y, Por tanto, no puede ser un derecho absoluto.
Limitaciones de nuestro derecho a la libertad.
En ese caso, el criterio moral de una persona ha de poner de Acuerdo en la Normal objetiva de moralidad con su propia conciencia.
Somos libres para realizar determinadas acciones, pero estamos Obligados también a realizar o abstenernos de otras como condiciones.
Modos legítimos de restricción de las libertades.
Los filósofos prescriptie vistas definen los juicios morales Como imperativos que tienen un contenido obligatoriamente prescriptivo y que Son la conclusión de un razonamiento moral o de un silogismo práctico cuyas Premisas son un principio moral y un hecho.
La tensión entre libertad e igualdad.
Armonizar la libertad con la justicia social no es asunto Fácil.
Siguiendo esta doctrina, se produjo el desarrollo del Capitalismo moderno. En nuestros días, el neoliberalismo, continuador de esa Tradición, define mayor libertad de empresa, de competitividad, de circulación De capitales y de personas, de contratación laboral de modo que el Estado no Intervenga imponiendo condiciones, restricciones ni controles de ningún tipo.
Hay, pues, quienes defienden que el reconocimiento del derecho A la libertad de todos los individuos implica promover la igualdad, incluso Mediante alguna forma de redistribución de los recursos.
Fundamentos de la justicia y el derecho.
El derecho natural.
Por derecho se extiende el conjunto de normas que regulan la Conducta humana y permiten la convivencia en sociedad. El derecho tiene un Componente objetivo y otro subjetivo:
desde un punto de vista objetivo, el derecho se refiere a Las instituciones y normas que regulan la vida social
2- desde una perspectiva subjetiva, el derecho se refiere a lo Que les está permitido hacer a los individuos dentro del marco de las normas en Sentido objetivo.
El primer modo de ofrecer una justificación al ejercicio del Derecho es el que se desarrolla en la antigüedad y la Edad Media, y se conoce Bajo el nombre de derecho natural, o iusnaturalismo. Defiende la existencia de Unos derechos innatos, naturales, previos y probit prioritarios a la ordenación Jurídica de los Estados.
Esta teoría presupone que hay un fundamento Universal de los Derechos y que todos los seres humanos pueden disfrutar de ellos sin ningún Tipo de discriminación.
En el estoicismo griego y romano, se desarrollo el concepto de Cosmopolitismo:
El universo cosmos sería una ciudad de un estado o polis en la Que todos los humanos gozarían de los mismos derechos.
El positivismo jurídico.
Frente a la teoría iusnaturalista, el positivismo jurídico, o Ius positivismo, es otro modo muy distinto de fundamentar el derecho. Desde Esta perspectiva teórica los derechos individuales derivan de la legislación Sancionada por una organización estatal derecho positivo. Así pues, el Fundamento del derecho no radica en una naturaleza humana universal, sino en la Voluntad política de un pueblo encarnada en unas instituciones que garantizan y Conceden los derechos a los individuos.
La diferencia entre iusnaturalismo y positivismo remite a la Relación entre moral y política:
1- para el iusnaturalismo, la política está subordinada a la Moral, y los derechos de los individuos marcan los límites de la acción Política.
2- para el positivismo, la política es totalmente independiente De la moral, de modo que los derechos son el resultado de una acción política.
La justicia.
En nuestra sociedad, los seres humanos nacen con igualdad de Derechos y deberes. Todos tienen derecho a ser tratados ante la ley sin Discriminación por razón de sexo de raza o de religión pero cada uno nace con Carácterísticas y cualidades distintas en lo físico, en lo social como en lo Económico, que él no elige, pero qué determina las oportunidades que va a tener En su vida. La justicia entonces sirve para corregir esta situación y Procurarán en lo posible el logro de una sociedad justa.
Para algunos filósofos actuales, la justicia, significa ante Todo equidad en la distribución de los costes y los beneficios sociales.
John Rawls ha elaborado una interesante concepción de la Justicia: una sociedad justa es la que reconoce la necesidad de eliminar algunas De las desigualdades producidas por el azar natural y social, incluso si esto Implica una reasignación de los recursos, por ejemplo, a través de impuestos.
Para Raúl, el contrato social es el fundamento moral de la Sociedad, porque remite a una situación inicial hipotética en la que los Individuos deben establecer las condiciones en las que están dispuestos a vivir En sociedad.
En la actualidad, la justicia no debe mantenerse dentro de los Límites de los estados-nacíón para plantearse la cuestión de una justicia Internacional. La extraordinaria disparidad de recursos de que dispone las Naciones, la desigualdad entre países desarrollados y en vías de desarrollo, ha Llevado a muchos pensadores a considerar la posibilidad de una acción jurídica Colectiva en el plano internacional.