Análisis Preliminar del Documento
Este documento presenta un fragmento del Estatuto de Autonomía del País Vasco, recogiendo varios artículos del texto aprobado el 18 de diciembre de 1979 por el Congreso de los Diputados.
Clasificación del texto:
- Fuente: Histórico primario.
- Forma: Jurídico (fragmento de una Ley Orgánica).
- Contenido: Político.
Autoría: Colectiva, aunque sancionado por el Rey de España y firmado por el Presidente del Gobierno.
Destinatario y finalidad: Dirigido a un colectivo, con finalidad pública.
Publicación: Madrid, 18 de diciembre de 1979.
Contexto Histórico: Antecedentes del Estatuto
Desde la abolición de los fueros en 1876 por Cánovas del Castillo, las reivindicaciones para restituir un Estatuto de Autonomía para el País Vasco calaron profundamente, no solo entre los carlistas derrotados, sino también en ciertos grupos liberales. El nacimiento del nacionalismo sabiniano fue clave en la reclamación de un Estatuto que devolviera a las denominadas Provincias Vascongadas sus antiguas leyes. Sin embargo, estos esfuerzos fueron vanos hasta la proclamación de la II República.
Cuando la coalición de republicanos y socialistas ganó las elecciones de 1931, pronto se aprobó el Estatuto Catalán. Este hecho motivó que también en el País Vasco se iniciara la redacción de un estatuto propio. El retraso inicial se debió, en parte, a la ausencia del nacionalismo vasco en el Pacto de San Sebastián.
El Primer Estatuto (II República y Guerra Civil)
Se elaboraron varios proyectos de Estatuto, siendo el impulsado por los nacionalistas el más desarrollado. Solo con la llegada del Frente Popular al poder en 1936 y la oposición de los nacionalistas vizcaínos y guipuzcoanos al alzamiento franquista se logró aprobar el primer Estatuto de Autonomía Vasco. Sin embargo, su aplicación efectiva se limitó a Bizkaia y una pequeña parte de Gipuzkoa, ya que el resto del territorio fue ocupado tempranamente por las tropas franquistas durante la Guerra Civil. Su vigencia fue muy breve, ya que al año siguiente, en 1937, el régimen franquista lo abolió.
El Estatuto de Gernika (1979)
Proceso de Elaboración y Negociación
La dictadura franquista impidió retomar la cuestión del Estatuto hasta la muerte de Franco en 1975 y el inicio de la Transición democrática. Tras arduas negociaciones, principalmente con la UCD (Unión de Centro Democrático), se redactó y aprobó el segundo Estatuto, conocido como el Estatuto de Gernika, actualmente vigente.
En 1978, el Consejo General Vasco elaboró un anteproyecto que recibió el apoyo de la mayoría de las fuerzas políticas vascas, con la excepción de AP (Alianza Popular) y HB (Herri Batasuna). El 29 de diciembre de 1978, coincidiendo con la entrada en vigor de la Constitución Española, el anteproyecto fue presentado simbólicamente en Gernika y entregado formalmente a las Cortes Generales para su tramitación.
El Gobierno central, presidido por Adolfo Suárez, planteó algunas objeciones al texto inicial, entre ellas la relativa a la disposición adicional sobre la posible incorporación de Navarra. En las elecciones generales de marzo de 1979 en las provincias vascas, el PNV (Partido Nacionalista Vasco) fue el partido más votado, seguido por el PSE (Partido Socialista de Euskadi), Herri Batasuna y Euskadiko Ezkerra. En julio de ese mismo año, Carlos Garaikoetxea, presidente del PNV y del Consejo General Vasco, inició con Adolfo Suárez un proceso de negociación decisivo para consensuar el texto definitivo del Estatuto de Autonomía.
Contenido y Estructura Institucional
El Estatuto reconoció la realidad nacional vasca como una nacionalidad con derecho al autogobierno, constituyéndose en Comunidad Autónoma bajo el nombre de Euskadi o País Vasco, integrada en el Estado español. La Comunidad Autónoma comprende los territorios históricos de Araba, Gipuzkoa y Bizkaia. Además, el Estatuto contempla la posibilidad de que Navarra se incorpore, si así lo decide su población mediante los cauces legales establecidos.
Se reconoce la vigencia y se respetan los derechos históricos de los territorios forales, cuyas instituciones propias (Diputaciones Forales y Juntas Generales) se integran en la organización autonómica. Su lengua propia, el euskera, tiene carácter oficial en Euskadi junto con el castellano.
La estructura institucional básica se define de la siguiente manera:
- Poder legislativo: Reside en el Parlamento Vasco, compuesto por 75 representantes (25 por cada territorio histórico: Araba, Bizkaia y Gipuzkoa). Sus miembros son elegidos por sufragio universal directo para un período de cuatro años.
- Poder ejecutivo: El Parlamento elige al Lehendakari (Presidente del Gobierno Vasco), quien nombra a los consejeros que forman su Gobierno.
- Poder judicial: La administración de justicia en Euskadi culmina en el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, integrado en el poder judicial único del Estado.
Competencias, Referéndum y Primer Gobierno
El Estatuto de Gernika establece un amplio marco de competencias para la Comunidad Autónoma en materias como educación, cultura, lengua, sanidad, ordenación del territorio, vivienda, medio ambiente, industria, agricultura, pesca, turismo, asistencia social, administración local y seguridad (con la creación de la Ertzaintza, la policía autonómica), entre otras. Sin embargo, el desarrollo completo del Estatuto y la transferencia efectiva de todas las competencias previstas han sido, en diversas etapas, motivo de negociación y, a veces, de disputa política entre el Gobierno central y el Gobierno Vasco.
Referéndum y Aprobación: El 25 de octubre de 1979, el Estatuto fue sometido a referéndum en Araba, Bizkaia y Gipuzkoa. La mayoría de los partidos políticos (PNV, PSE, UCD, EE, PCE) y sindicatos apoyaron el “Sí”. Por el contrario, HB y otros grupos de la izquierda abertzale, así como sectores tradicionalistas, pidieron el “No” o promovieron la abstención. El Estatuto fue aprobado con el voto favorable del 90,27% de los votantes, lo que representó el 53,14% del censo electoral total, sobre una participación del 58,85%.
Primeras Elecciones y Gobierno: Las primeras elecciones al Parlamento Vasco se celebraron el 9 de marzo de 1980. La mayoría obtenida por los partidos nacionalistas (PNV y HB, aunque este último adoptó una política de no participación en las instituciones parlamentarias) permitió al PNV formar el primer Gobierno Vasco en solitario. En abril de 1980, Carlos Garaikoetxea (PNV) fue investido como el primer Lehendakari de la restaurada autonomía vasca bajo el nuevo Estatuto.