15. SEMANA TRÁGICA, ANTICLERICALISMO Y FIN DEL GOBIERNO LARGO DE MAURA (1909) La Semana Trágica fue una revuelta popular en la ciudad de Barcelona entre el 25 de Julio al 1 de Agosto de 1909, durante el reinado de Alfonso XIII y el gobierno del conservador Antonio Maura. Se produjo a consecuencia de la decisión del gobierno de destinar a reservistas a Marruecos, tras los ataques a la línea ferroviaria en Melilla y a tropas en el Barraco del Lobo y el Monte Gurugú. Las organizaciones obreras – Solidaridad Obrera- decretaron la huelga general en la ciudad para impedir el embarque en el puerto de Barcelona de los reservistas, en su mayoría proletarios padres de familia, y la huelga degeneró en disturbios, luchas callejeras y quemas de conventos por incontrolados, dado el creciente anticlericalismo de la clase baja, azuzado en Barcelona por las proclamas incendiarias del republicano
Radical Alejandro Lerroux. La revuelta fue reprimida duramente por el ejército, con el resultado de más de cien muertos, mil detenidos, numerosos juicios sumarísimos con 15 condenas de muerte, de las que se ejecutaron cinco, entre ellos el pedagogo anarquista fundador de la Escuela Nueva, Ferrer y Guardia, acusado injustamente de instigador. Las protestas generalizadas entre la oposición y a nivel internacional ( “Maura No”) decidieron al rey a forzar la dimisión de Maura, acabando con su “revolución desde arriba”. Otra consecuencia indirecta de la semana Trágica fue la uníón de la oposición, a causa de la mencionada represión: se formó la conjunción Republicano-Socialista, coalición electoral entre republicanos y PSOE, que en las elecciones de 1910 permitíó aumentar la representación republicana en Cortes y al PSOE conseguir el primer diputado obrero, en la persona de su fundador, Pablo Iglesias Posse. Por otro lado, en 1910 se fundó el sindicato anarquista CNT.
16. EL PROTECTORADO ESPAÑOL EN Marruecos Y EL DESASTRE DE ANNUAL DE 1921. Fruto de las tensiones imperialistas entre Francia, Reino Unido y el Imperio Alemán, España recibíó en la Conferencia de Algeciras (1906) un protectorado en Marruecos, al norte del más extenso protectorado francés. Una estrecha franja entre Ceuta y Melilla, que para los políticos del turno y el ejército, supónía la ocasión de recuperar el prestigio colonial tras el desastre del 98. Sin embargo, la ocupación efectiva del territorio desde 1909 – explotación de Minas, construcción de líneas ferroviarias, despliegue de destacamentos militares – encontró la resistencia de las belicosas tribus del Rif, que infligieron a las tropas españolas numerosas derrotas. El ejército, la gran burguésía y los propios ministros o el Rey, con negocios en Marruecos – minas, compañías navieras – insistían en mantener el protectorado, a pesar de las bajas, los crecientes gastos militares y la oposición creciente del movimiento obrero o de los republicanos, puesto que la tropa se compónía de personas de clase baja, que no podían librase del servicio mediante la redención en metálico. Derrotas como las del Barranco del Lobo, o del Monte Gurugú (1909), con 1200 bajas, o el desastre de Annual (1921), dónde el imprudente avance del general Fernández Silvestre en territorio enemigo se saldó con la muerte de 13.000 soldados y oficiales y amenazó incluso la plaza de Melilla. La exigencia de responsabilidades por la oposición derivó en el expediente Picasso, cuya discusión en Cortes en 1923 fue oportunamente evitada al producirse el golpe militar liderado por Primo de Rivera. La pacificación del territorio fue un éxito de su dictadura, pues bajo el Directorio Militar se produjo el desembarco conjunto hispano–francés en la bahía de Alhucemas (1925) tras el que se derrotó a los rifeños y provocó la rendición de su caudillo, Abd-El- Krim. En Marruecos se creó el cuerpo más moderno del ejército español, compuesto de tropas regulares (marroquíes) y de la Legión, dirigido por militares africanistas y con tácticas de guerra colonial, que sería esencial en el avance de los sublevados en la Guerra Civil española (1936-39). El protectorado español finalizó en 1956, cuando Marruecos alcanzó su independencia pactada con Francia y España.
17. SUFRAGIO CENSITARIO, SUFRAGIO UNIVERSAL Y CONSECUCIÓN DEL VOTO FEMENINO El sufragio o derecho al voto es una carácterística esencial del liberalismo político, porque concreta la soberanía nacional a través de la elección de representantes por los ciudadanos. A diferencia de las monarquías absolutas, en las que los súbditos no tienen participación política, pues la soberanía reside únicamente en el monarca. Por eso en el liberalismo inicial- la C. De 1812 -como la francesa de 1791- a la soberanía nacional le sigue el sufragio universal masculino, aunque indirecto. Sin embargo, para los liberales del Siglo XIX no todas las personas debían disfrutar de derechos políticos: a la restricción por género- solo los varones eran ciudadanos-, se une, una vez asegurado el triunfo de la revolución liberal, la restricción por renta, es decir, el sufragio censitario. Para el liberalismo doctrinario, moderado o conservador, la Nacíón no incluía a quiénes no tuviesen propiedad o capacidad, así se reservaba a su base social- la clase alta- el dominio de la política, mediante un sufragio con elevado nivel de renta (leyes que desarrollan las Constituciones de 1845 y 1876). El liberalismo progresista establece un sufragio censitario más amplio (C. De 1837 y non nata de 1956) para incluir también a las clases medias que le apoyan. El liberalismo democrático surgido en 1849, entiende la soberanía nacional como popular, estableciendo el sufragio universal masculino en el breve lapso del Sexenio (C. 1869). El sufragio universal va a ser también una demanda del PSOE, y de los republicanos, durante la Restauración, pues aunque el gobierno largo de Sagasta volvíó al universal masculino (1890), se desvirtuaba por la constante práctica de la manipulación electoral esencial al turnismo. No fue hasta la II República (C. 1931) que se reinstauró la democracia, que en el s. XX no podía dejar de incluir a las mujeres, en un sufragio verdaderamente universal, gracias a la presión de diputadas como la radical Clara Campoamor. Mujeres y hombres perdieron el derecho a voto en la dictadura franquista de partido único, donde solo existía la llamada “democracia orgánica” corporativista.. La Constitución de 1978 declara que la soberanía nacional reside en el pueblo español, con lo que el sufragio universal en elecciones libres, inclusivas, limpias y periódicas es una de las tres garantías de la democracia actual, junto con la división de poderes y el Estado de Derecho.