Exposición Mendizábal a la regente
Apartado A
El documento pertenece al Decreto de Desamortización de los Bienes del Clero Regular de 1835, conocido como la Desamortización de Mendizábal. Se enmarca en la regencia de María Cristina de Borbón (1833-1840), dentro del reinado de Isabel II. Este proceso se inscribe en el contexto de la lucha entre liberalismo y absolutismo, así como en la necesidad del Estado de obtener recursos económicos en plena guerra carlista.
Apartado B
El fragmento justifica la desamortización como una medida fundamental para fortalecer el Estado liberal y modernizar la economía. Se destacan tres ideas principales:
- La urgencia de vender los bienes eclesiásticos para reducir la deuda pública, agravada por el conflicto carlista.
- La necesidad de liberar las tierras amortizadas por la Iglesia, que impedían su circulación en el mercado y limitaban el desarrollo económico.
- La importancia de generar una nueva clase de propietarios, alineada con el liberalismo y contraria al carlismo, lo que contribuiría a la estabilidad política del país.
Apartado C
La desamortización de Mendizábal representó un avance en la consolidación del liberalismo en España y el desmantelamiento del Antiguo Régimen. Con la regencia de María Cristina, se implementaron reformas que fortalecieron el Estado liberal, como la Constitución de 1837. No obstante, los resultados fueron limitados. La reducción de la deuda no fue efectiva, pues la venta de tierras se hizo en condiciones que beneficiaban a los compradores pero no al Estado. Además, aunque la producción agrícola aumentó, la falta de inversión en mejoras impidió un crecimiento significativo de la productividad. Otro problema fue la concentración de tierras en manos de la burguesía y la nobleza, ya que la subasta pública favoreció a quienes tenían mayor capacidad económica. Así, la desamortización no logró una redistribución equitativa de la propiedad ni una auténtica reforma agraria. En definitiva, aunque permitió la consolidación del liberalismo y una transformación parcial de la estructura económica, sus efectos fueron insuficientes para reducir las desigualdades y cambiar el modelo de propiedad en España.
Desamortización Mendizábal
Apartado A
La Desamortización de Mendizábal (1835) fue una medida legislativa implementada durante la regencia de María Cristina de Borbón en el contexto del reinado de Isabel II, como parte de un proceso de reformas liberales que buscaban transformar la estructura económica y social de España. Este decreto tenía como objetivo la expropiación de los bienes del clero regular, con el fin de reducir la deuda pública, que había aumentado debido a la guerra carlista. Los bienes que serían desamortizados incluían propiedades que pertenecían a la Iglesia, como tierras, edificios, suelo y subsuelo, los cuales no generaban ingresos al Estado.
Apartado B
Las ideas principales del Decreto de Desamortización incluyen, en primer lugar, la exposición de los motivos económicos, específicamente la necesidad de disminuir la deuda pública y promover la circulación de tierras. Para lograrlo, se proponía la venta de los bienes del clero, que, al estar fuera del mercado, limitaban el crecimiento económico. Además, la medida tenía un componente social importante, ya que se aspiraba a fomentar la propiedad privada, aumentando la producción agrícola y creando una nueva clase de burgueses propietarios, que apoyarían la causa liberal y consolidarían el régimen. En segundo lugar, el decreto mencionaba la protección de los bienes inmuebles que formaban parte del patrimonio nacional, pero la protección efectiva de estos no se logró hasta la creación de las Comisiones Científicas y Artísticas Provinciales en 1844, que sentaron las bases para la protección del patrimonio cultural.
Apartado C
La importancia de la Desamortización de Mendizábal radica en que representó un cambio en la política española, alejándose del absolutismo y promoviendo los principios del liberalismo. Fue una de las medidas más significativas del periodo de regencias y formó parte de una serie de reformas que buscaban desmontar las estructuras del Antiguo Régimen. Aunque los objetivos de la desamortización eran ambiciosos, los resultados fueron en gran parte decepcionantes. La deuda del Estado no se redujo significativamente, la productividad agrícola no aumentó de manera considerable, y la venta de tierras no modificó profundamente la estructura de la propiedad. En su mayoría, la alta burguesía y la nobleza latifundista fueron los principales beneficiarios, lo que impidió una redistribución equitativa de la riqueza y limitó las posibilidades de una reforma agraria efectiva.
Aprobación de la desamortización por la reina
Apartado A
El texto se refiere a la Desamortización de Mendizábal, un decreto legislativo del año 1835 en España, durante la regencia de María Cristina de Borbón. Esta medida tenía como objetivo la expropiación de los bienes del clero regular, con el fin de paliar la creciente deuda pública derivada de la Guerra Carlista. El decreto buscaba, a través de la venta de las tierras e inmuebles pertenecientes a la Iglesia, disminuir el déficit estatal y fomentar la circulación de propiedad que en ese momento se encontraban fuera del mercado.
Apartado B
La idea central del Decreto de Desamortización es la venta de los llamados “bienes raíces” del clero, es decir, tierras, suelos, edificaciones y demás propiedad de la Iglesia que no generaban ingresos al Estado. Además de la motivación económica, el preámbulo señala un objetivo social: promover el aumento de la propiedad privada, lo que se esperaba impulsar a la agricultura y el comercio. Esta medida también tenía la intención de crear una nueva clase social de pequeños propietarios que, alineados con el liberalismo, apoyarían la causa del régimen. Se esperaba que la reforma aumentara la producción agrícola y la productividad del sector, generando beneficios económicos tanto para el Estado como para la nueva clase burguesa.
Apartado C
La importancia de la Desamortización de Mendizábal se encuentra en su rol dentro del proceso de consolidación del liberalismo en España. Tras la muerte de Fernando VII y el inicio de la regencia de María Cristina, el país vivió un período de inestabilidad política marcado por la oposición carlista y la represión de los liberales. La alianza de María Cristina con los liberales representó un cambio de rumbo hacia el fin del Antiguo Régimen. La desamortización fue una de las leyes más emblemáticas de esta época, junto con la Constitución de 1837, y buscaba modernizar la estructura agraria y económica de España. Sin embargo, los resultados fueron mixtos. Aunque se esperaba que la medida redujera la deuda pública y aumentara la productividad agrícola, no se lograron los objetivos propuestos. En primer lugar, la deuda no se redujo sustancialmente, ya que los compradores de tierras recibieron vales de deuda que beneficiaron más a ellos que al Estado. Aunque la extensión de tierras cultivables aumentó, la productividad por hectárea no mejoró de manera significativa debido a la falta de inversión por parte de los nuevos propietarios. Además, la desamortización no logró transformar profundamente la estructura de la propiedad, ya que las tierras fueron adquiridas principalmente por la alta burguesía y la nobleza, quienes concentraron gran parte de la riqueza en sus manos.
Desamortización eclesiástica y civil
Apartado A
El texto se refiere a los procesos de desamortización en España durante el siglo XIX, especialmente a la desamortización eclesiástica y civil, en tres periodos clave: 1836-1844, 1844-1854 y 1854-1856. La información está organizada en una tabla elaborada por Vicens Vives, basada en los datos del Ministerio de Hacienda, y nos ofrece una visión clara de la magnitud de la desamortización en cuanto a los bienes eclesiásticos y civiles, diferenciando entre fincas rústicas y urbanas.
Apartado B
En cuanto a las ideas principales, el periodo de 1836-1844 (bajo los gobiernos progresistas de Mendizábal y Espartero) fue el de mayor impacto en la desamortización eclesiástica, especialmente en lo que respecta a los bienes del clero regular, como monasterios, en comparación con los del clero secular (parroquias). Este periodo se distingue por una gran cantidad de fincas desamortizadas, con 110.945 fincas rústicas y 13.113 urbanas. En contraste, la desamortización civil fue mucho más limitada, con solo 21.933 fincas rústicas y 3.988 urbanas. La desamortización fue principalmente agraria, lo que refleja el peso de la propiedad eclesiástica en el ámbito rural y la importancia de la agricultura en la economía española de la época.
En el segundo periodo, 1844-1854, bajo el gobierno conservador de Narváez, la desamortización se desaceleró considerablemente debido a la firma del Concordato de 1851, que limitó las medidas desamortizadoras. Durante el Bienio Progresista (1854-1856), los valores desamortizadores aumentaron, pero no alcanzaron los niveles de 1836-1844. En este periodo se produjo la desamortización civil, también conocida como la Desamortización General de Madoz.
Apartado C
La importancia de este proceso radica en que, aunque no constituyó una verdadera reforma agraria, cambió la estructura de la propiedad, debilitando las estructuras del Antiguo Régimen y reduciendo el poder económico de la Iglesia. A nivel económico, aunque la desamortización no tuvo un impacto inmediato en la reducción de la deuda pública, sí generó ingresos a largo plazo que se utilizaron en obras públicas, aumentando los ingresos fiscales nacionales. Sin embargo, la distribución de la tierra no mejoró significativamente. La desamortización no logró una redistribución efectiva de la tierra, y los nuevos propietarios no modernizaron las explotaciones, manteniendo sistemas de trabajo precarios y poco productivos.
Desamortización eclesiástica y civil (gráfico)
Apartado A
La imagen muestra el proceso de desamortización en España durante el reinado de Isabel II, destacando las ventas de bienes eclesiásticos y civiles en cuatro períodos clave: 1836-1844, 1845-1854, 1855-1856 y 1858-1867. El primer período corresponde a las regencias de María Cristina y Espartero, en el que se destacó la desamortización eclesiástica, especialmente la de los bienes del clero regular. El segundo período, la Década Moderada (1845-1854), estuvo marcado por el liderazgo de Narváez, quien ralentizó el proceso debido a la firma del Concordato de 1851. En el Bienio Progresista (1855-1856), la desamortización civil, centrada en los bienes municipales, comenzó a ganar relevancia, y, finalmente, en el último periodo (1858-1867), se observa una continuación de la desamortización civil, con un resurgir de las ventas de bienes municipales antes de la Revolución Gloriosa de 1868.
Apartado B
El análisis del texto revela que la desamortización eclesiástica fue mucho más relevante en términos de volumen de ventas que la desamortización civil. La desamortización eclesiástica comenzó con fuerza en el periodo 1836-1844, pero fue en el periodo de Madoz (1855) cuando la desamortización civil alcanzó una importancia significativa, especialmente en los bienes municipales. La Década Moderada (1845-1854) se caracterizó por una desaceleración del proceso debido al acuerdo entre el Estado y la Iglesia, lo que paralizó temporalmente las ventas de bienes eclesiásticos. Por otro lado, la desamortización civil de Madoz, que se enfocó en bienes municipales, superó en ventas a la desamortización eclesiástica en el periodo 1855-1856, lo que reflejó un cambio en el foco del proceso desamortizador, con un énfasis creciente en la propiedad municipal.
Apartado C
El documento es clave para entender la magnitud del proceso desamortizador en España, proporcionando una visión clara de cómo transformó la estructura de la propiedad en el siglo XIX. Aunque no fue una reforma agraria en sentido estricto, la desamortización permitió la consolidación de la propiedad privada, debilitando el poder de la Iglesia, que era uno de los principales terratenientes. En términos económicos, aunque al principio las ventas no lograron impactar significativamente en la reducción de la deuda pública, con el tiempo generaron ingresos que beneficiaron tanto a los ayuntamientos, que los utilizaron en obras públicas, como a la Hacienda pública, lo que permitió una mayor recaudación fiscal.
Desamortización de Madoz
Apartado A
La imagen hace referencia a la Ley de Desamortización Civil, también conocida como la Desamortización de Madoz, que fue promulgada en 1855 durante el reinado de Isabel II. Específicamente, corresponde al Bienio Progresista (1854-1856) bajo la dirección del General Espartero. Este periodo fue crucial para la implementación de políticas liberales, y la desamortización de Madoz se enmarca en un contexto de reformas económicas y sociales que buscaban modernizar el país.
Apartado B
El texto resalta la desamortización de bienes, incluyendo tanto propiedades del Estado como del clero y los bienes de los municipios. La ley tenía como objetivo continuar con el proceso de privatización de bienes raíces que había comenzado con la Desamortización de Mendizábal en 1835. La idea principal es la venta de estos bienes en subasta pública, para así generar ingresos al Estado y reducir su deuda. A diferencia de la desamortización anterior, la ley de Madoz exigía el pago en metálico, lo que implicaba una mejora para las finanzas del Estado, ya que la anterior venta mediante vales de deuda beneficiaba a los compradores pero no a la Hacienda pública. Además, se incluían no solo tierras, sino también el suelo, el subsuelo y las edificaciones, lo que representaba una extensión significativa del proceso de desamortización, abarcando más propiedades que no generaban ingresos al Estado.
Apartado C
La desamortización de Madoz fue uno de los procesos más significativos del siglo XIX en España, ya que alteró profundamente la estructura de la propiedad agraria y urbana. Aunque la ley facilitó la consolidación de la propiedad privada y redujo el poder económico de la Iglesia, no logró constituir una auténtica reforma agraria ni mejorar de manera significativa la distribución de la tierra. Este proceso permitió la transferencia de propiedades a la burguesía, sin que se produjera un reparto equitativo de la tierra entre el campesinado. El acceso a los bienes de propiedad común de los municipios, como las tierras de pastoreo y explotación forestal, se vio restringido, lo que perjudicó especialmente a los campesinos que dependían de esos recursos para su subsistencia. Desde una perspectiva económica, la desamortización no tuvo un impacto inmediato significativo en la reducción de la deuda pública, pero sí generó ingresos que fueron utilizados para financiar proyectos como la Ley de Ferrocarriles de 1855. En términos de productividad agrícola, la desamortización no mejoró las condiciones del campo ni promovió una modernización real de la agricultura.