Comentario Texto 7 – Normas desamortizadoras de Mendizábal
Nos encontramos ante un texto jurídico, ya que se trata de un Real Decreto. Este Decreto fue redactado el 19 de febrero de 1836 en Madrid.
Tras la muerte de Fernando VII se produce un problema sucesorio entre su hermano Carlos María Isidro y la hija de Fernando VII, Isabel. Carlos María no acepta que Isabel llegue a reinar, por lo que comienza la I Guerra Carlista que duró desde 1833 hasta 1839, y terminó con el reconocimiento de Isabel II como reina de España.
En 1834 se redactó el Estatuto Real, ideado por Martínez de la Rosa, como punto intermedio para atraer a liberales y carlistas. Tras tres años de vigencia fue rechazado por la regente, además de por todas las fuerzas políticas. Tras esto, María Cristina encarga el gobierno al Conde Toreno, que iniciará reformas muy conservadoras y limitadas junto a la expansión de la propia Guerra Carlista. El conde Toreno dimite y le sucede Mendizábal, que llegaba con un proyecto para ganar la guerra y sanear la deuda. Tenía un gran prestigio internacional, pero no gozaba con la simpatía de María Cristina. Este defendía la desamortización del clero regular y la creación de una masa de propietarios sujetos al estado liberal. María Cristina no ve con buenos ojos su política y lo hace dimitir, siendo sucedido por Istúriz, que era moderado y conservador. Las reformas se desarrollarán de manera lenta.
En julio de 1836 resurgirá un brote revolucionario, culminando con la Sargentada de la Granja, la reaparición de las Juntas y la exigencia de restaurar la Constitución de 1812. La Reina encargó el gobierno al progresista José María Calatrava que nombra como Ministro de Hacienda a Mendizábal. A partir del año 1838, los gobiernos moderados iniciarán una política conservadora.
A partir de 1837 se produce un retroceso en las leyes progresistas: críticas a la constitución, la descentralización municipal y la democratización. Especialmente significativa resultó la nueva Ley de Ayuntamientos de 1840, cuya aprobación constituyó el principal factor desencadenante de la grave crisis política de 1840.
El autor de este texto es Juan Álvarez Mendizábal, de origen judío, Ministro de Hacienda y Presidente del Gobierno. Se exilió a Gran Bretaña durante el Trienio Liberal. Fue el principal impulsor de las desamortizaciones liberales, principalmente al Clero Regular.
El texto va dirigido al pueblo, ya que es un texto jurídico de aplicación en el ámbito nacional. También es una exposición a la Reina para su promulgación posterior.
Existen distintos esquemas a la hora de realizar el análisis del texto. Nosotros utilizaremos el método lógico, pues permite agrupar con mayor claridad las ideas principales y secundarias del texto.
Análisis del Decreto
1. La desamortización: reducir la Deuda Pública. Se trata de una constante de los decretos desamortizadores, desde Godoy en 1798 hasta Madoz en 1855. Todos ellos persiguen obtener recursos para remediar el problema de la Deuda o el déficit público.
2. Venta de las propiedades del Clero Regular. En concreto, se subastarían las propiedades de las comunidades y corporaciones religiosas, ya extinguidas, tanto bienes rústicos como urbanos. Únicamente, se exceptuarán de la venta aquellos edificios destinados a servicio público como museos, cuarteles, escuelas…
3. Liberalismo como motor económico. En la exposición a la reina regente se plantea la necesidad de dinamizar la estructura productiva desde la óptica liberal, dado el carácter inelástico de la economía durante el periodo absolutista, vivificar una riqueza muerta; desobstruir los canales de la industria y de la circulación.
4. Conseguir el apoyo de la clase media-alta. No debemos olvidar que la presencia de las clases bajas en las subastas fue minoritaria. Se trataba de crear una serie de seguidores fieles al liberalismo, que no solo aseguraran el futuro de las reformas, sino también el trono de la futura reina, Isabel II.
Comentario de Texto
La Desamortización consistió en la incautación por parte del Estado de bienes pertenecientes en su gran mayoría a la Iglesia. La desamortización de Madoz únicamente afectó al clero regular y a los municipios. Estos bienes nacionalizados fueron luego vendidos en subasta pública y constituyeron una fracción sustancial de los ingresos de su presupuesto.
El objetivo de la Desamortización era aliviar la deuda del Estado, además de ganar dinero para pagar la Guerra Carlista, pero no sirvió de mucho porque el dinero llegó muy tarde.
La desamortización ideológicamente fue interpretada de dos formas: los moderados consideraron que las propiedades de la Iglesia eran lícitas y, por tanto, no se podían vender; y los progresistas consideraron que las propiedades de la Iglesia eran ilícitas y, por tanto, se podían vender.
Los compradores de estas tierras eran los fieles al liberalismo y a la desamortización, integrados en las clases medias-altas. Las clases bajas participaron poco en el proceso desamortizador.
Anteriormente a este decreto desamortizador se hicieron otros que, por la escasa vigencia legislativa, produjeron escasas ventas. El primer decreto fue el de Godoy (1798) donde se vendieron propiedades paraeclesiásticas. Después vino José Bonaparte (1810) donde se vendieron las propiedades del clero y los aristócratas que no aceptaron la invasión francesa. Posteriormente lo hicieron las Cortes de Cádiz (1810-1813) donde se vendieron las propiedades de los afrancesados, jesuitas, de las órdenes militares, de los conventos y monasterios. Por último, lo realizó el Trienio Liberal (1821) donde se vendieron los bienes de monasterios y conventos.
Durante la desamortización se incrementó la superficie agraria y con ella la producción, pero no se incrementó la productividad.