Derecho Mercantil
2.1. Legislación Mercantil
El derecho mercantil es la parte del Derecho que regula la actividad económica que, por medio de una organización de elementos personales y reales, desarrolla un empresario; es decir, la actividad económica que se realiza en una empresa.
El Código de Comercio es el principal marco legislativo de las operaciones mercantiles en España.
Obligaciones y Derechos de la Empresa
Normas Contables
- El empresario debe llevar una contabilidad ordenada, que permita un seguimiento cronológico de todas las operaciones.
- La contabilidad la llevarán directamente los empresarios o las personas debidamente autorizadas.
- Las sociedades mercantiles tienen que llevar un libro de actas donde constarán los acuerdos en las juntas generales y especiales.
Competencia y Publicidad
La Ley de Competencia sanciona conductas que puedan impedir, restringir o falsear la competencia del mercado nacional.
La Ley General de la Publicidad pretende que la publicidad se realice en un marco leal, sin que cause perjuicios a terceros.
Propiedad Industrial y Defensa de los Consumidores
El Estado ha creado unas normas que amparan la propiedad industrial con el fin de proteger a los creadores de nuevos inventos y técnicas que se pueden aplicar a procesos industriales, así como al productor.
Registro Mercantil
- Inscribir a las empresas en el momento de su constitución.
- Legalizar los libros de las empresas.
- Inscribir a los apoderados.
Tributos y sus Clases
Las tasas son prestaciones de dinero hechas a un ente público, en contraprestación de un servicio público o por la realización de una actividad, que proporcionan un beneficio directo para el usuario.
Las contribuciones son tributos que se ingresan en un ente público por parte de un particular, por un motivo determinado, pero cuyo beneficio obtenido con el dinero invertido no será únicamente para el contribuyente.
Los impuestos son pagos exigidos por las administraciones públicas sin que haya una contraprestación directa para el contribuyente; es decir, no hay un destino concreto para este dinero.
Impuestos y sus Clases
Impuestos directos: son los que recaen directamente sobre las personas o sobre las empresas, ya sea porque se ha obtenido un beneficio o por el uso de un bien que se posee.
Impuestos Relacionados Más Directamente con la Empresa
- Hecho imponible de un impuesto: Está formado por las circunstancias previstas en la ley que, cuando ocurren, originan un conjunto de situaciones a las cuales se aplica la norma tributaria.
- Base imponible: Es la cantidad sobre la cual se aplica el tipo impositivo y, normalmente, se expresa en dinero.
- Base liquidable: Es la cantidad que resulta de restarle a la base imponible las cantidades que la ley permite a cada tributo.
- Tipo impositivo: Es un porcentaje que se aplica a la base liquidable o, en su caso, a la base imponible.
- Cuota tributaria: Es el resultado de aplicar a la base el tipo impositivo.
- Deuda tributaria: Es la cantidad que se debe ingresar.
- Contribuyente: Es la persona física o jurídica sobre la que recae el impuesto.
- Sujeto pasivo: Es la persona natural o jurídica que, según la ley, queda obligada a cumplir las prestaciones tributarias y las obligaciones materiales o formales.
Impuestos Directos
Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF)
- Rendimientos del trabajo.
- Rendimientos del capital.
- Rendimientos del capital mobiliario.
- Rendimientos de actividades económicas.
- Ganancias y pérdidas patrimoniales.
Impuesto sobre Sociedades (IS)
La base imponible es la renta obtenida en el periodo fiscal. Esta renta está formada por la suma de todos los rendimientos y los incrementos y disminuciones de patrimonio. Los rendimientos se obtienen de la diferencia entre los ingresos y los gastos necesarios para obtenerlos, y los incrementos y disminuciones de patrimonio de la diferencia entre el importe recibido de la transacción de los activos de que se trate y el valor o coste de adquisición.
El tipo impositivo o tipo de gravamen es el porcentaje que se aplica a la base imponible. Pasa a ser del 30%.
Las PYMES con una facturación inferior a 8 millones de euros tienen un tipo impositivo del 25%.
Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE)
Es un impuesto municipal; es decir, el organismo que lo recauda es el Ayuntamiento. Tiene por objetivo el ejercicio en el territorio nacional de una actividad empresarial, profesional o artística.
Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA)
El valor añadido es la diferencia entre el valor de los bienes producidos y el coste de las materias primas y de otros bienes intermedios utilizados para producirlos.
Es el impuesto sobre este valor añadido. Es un tributo de naturaleza indirecta que recae sobre el consumo y grava las siguientes operaciones:
- Las entregas de bienes y las prestaciones de servicios efectuados por empresarios y profesionales.
- Las adquisiciones intracomunitarias de bienes.
- Las importaciones de bienes hechas por empresarios, profesionales o particulares.
El funcionamiento de este impuesto es el siguiente:
IVA repercutido – IVA soportado = IVA a ingresar o IVA a devolver
(cuando se vende) (cuando se compra) (a Hacienda) (por parte de Hacienda)