La Propiedad Industrial
La propiedad industrial se constituye por un conjunto de normas jurídicas que regulan las invenciones y los signos distintivos. Estas normas reconocen a favor de determinadas personas el derecho de explotación con carácter exclusivo, siempre y cuando el beneficiario inscriba su artículo en el registro correspondiente.
Características de la Propiedad Industrial
- Naturaleza real: Uso exclusivo y oponible frente a todos. Con el tiempo, la patente puede llegar a pasar a derecho público (20 años).
- Naturaleza registral: Al no existir un invento materialmente, nace una vez registrado en la Oficina Española de Patentes y Marcas (OEPM).
- Concurrencia de titularidades: Coexisten dos propiedades de distinta naturaleza: la ideal (invención técnica) y el objeto físico (objeto al cual se le incorpora esa patente). Alguien lo fabrica y lo vende.
- Vocación internacional: Su régimen de protección es supranacional.
Patentes
Una patente es un derecho que se reconoce al inventor o a sus legítimos herederos para la explotación industrial en exclusiva, durante el plazo que marca la ley (20 años). El resultado es una invención técnica o científica que ofrece en el comercio los productos que la incorporan.
Sistema de Patentes
- Posición del inventor: Procede a descubrir el invento y ponerlo en práctica, inscribe la descripción y cualquiera puede conocer el invento. El Estado le concede el derecho exclusivo de producirlo y comercializarlo.
- Posición del Estado: Obtiene el conocimiento y la descripción del invento, lo da a conocer. Terminado el plazo de exclusividad, cualquier interesado puede explotar ese invento (libre mercado).
Ventajas del Sistema de Patentes
- Promueve el progreso de un país.
- Es una oportunidad de abrir mercado y obtener beneficios.
Requisitos Positivos de Patentabilidad
Estos requisitos determinan cuándo procede dar una patente a quien lo solicita.
- Tiene que haber una invención, una regla para seguir las operaciones, de conducta para las personas que les guía al descubrimiento.
- No se puede patentar la naturaleza, las fórmulas matemáticas, los artículos científicos, obras literarias, artísticas, programas de ordenador, métodos de diagnóstico, tratamientos médicos, intervenciones quirúrgicas.
- Tiene que satisfacer una necesidad que el hombre necesita.
- Solo las que tengan función industrial.
- Invención industrial ejecutable (experto en materia).
- Invención nueva y actitud inventiva (es necesario comparar la invención de la solicitud con el estado de la técnica que existe en esa fecha).
Fecha de la Comparación
Se compara a la fecha de solicitud de la patente en la oficina de patentes. Si se hace en un país de la Unión que firma el Convenio de París, se tiene 1 año para intentar registrarlo en cualquier país de los firmantes.
Modelo de Comparación
- Novedad: Invención con el estado de la técnica. Se juzga comparando la invención para la solicitud de la patente con cada uno de los conocimientos técnicos conocidos como individualmente considerados.
- Actividad inventiva: Se juzga tomando en cuenta el conjunto del estado de la técnica y la capacidad que tiene un técnico medio de relacionar esos conocimientos de la técnica con el resto.
Clases de Patentes
- Por naturaleza de la invención: Patente de producto, de procedimiento, de uso.
- Por el procedimiento de concesión: Patente nacional, europea, internacional (Organización Mundial de la Propiedad Intelectual – 139 países), comunitaria (Convenio de Luxemburgo).
- Por vinculación técnica entre invenciones patentables: Patente independiente, dependiente (introduce mejora o perfeccionamiento), adición a una patente (perfeccionamiento tal como para patentarlo como complemento).
- Por publicidad de la invención patentada: Patente secreta (ejemplo: Coca-Cola).
Procedimiento de Concesión
- Nacional (OEPM)
- Europea (OEP)
Titularidad de Patentes
- El inventor. Si es invención colectiva, todos en común. Si la invención es simultánea, el primer solicitante.
- Invenciones laborales:
- Trabajador contratado: empresario.
- Invención al margen de la relación laboral: trabajador.
- Invención utilizando conocimientos o medios de la empresa: trabajador, pero empresario tiene derecho a reserva.
- Invenciones de universidad.
Contenido del Derecho sobre la Patente
- Prohibir al resto la posibilidad de explotar la patente.
- Plazo improrrogable de 20 años.
- Patente de producto, de procedimiento.
- Derecho excepcional de explotación por persona de buena fe.
- No cabe patente en contra de la ley, el orden, la moral y la salud.
Protección de la Patente
- Juzgado de lo Mercantil del domicilio del demandado.
- Legitimación activa: pueden demandar al titular.
- Legitimación pasiva: presunto transgresor.
- Plazo prescriptivo: 5 años desde que se empieza a usar.
Pretensiones en Caso de Usar una Patente sin Autorización
- Cesación de uso.
- Medidas para retener la mercancía.
- Embargo.
- Destrucción.
- Indemnización.
- Publicidad.
Deberes del Titular
- Obligación de explotación: 4 o 3 años. Fin de obtener progreso. Debe iniciarse en los 4 años siguientes a la presentación o 3 años si se cuenta desde la publicación de la concesión.
- Licencia de pleno derecho: Se abre un expediente que consiste en ofertar públicamente la patente.
- Licencia obligatoria: Supuestos en los que necesariamente se tiene que poner en práctica la patente. Grave si no se usa, patente dependiente, existen motivos de interés público, por falta o insuficiencia de explotación por una causa no justificada.