Contrato social
Derecho cosmopolita
conjunto de leyes que deben regular las relaciones entre Estados y entre ciudadanos, pero como miembros de una comunidad humana mundial. Según Kant, el derecho cosmopolita debe limitarse a las condiciones de la hospitalidad universal; es decir, toda persona tiene derecho a visitar cualquier lugar del mundo y no ser mal tratado por ser extranjero. También se llama ?Derecho de visita o de circulación? Por todo el planeta. Según Kant, podemos oponernos a que el extranjero tome posesión de nuestro territorio pero jamás a que lo visite. El sentido de ello es considerar que la Tierra es de todos, de toda la humanidad; esta es la base del derecho de ciudadanía mundial, muy en consonancia con el cosmopolitismo ilustrado. Quien viola el derecho cosmopolita es quien hostiga a los que vienen de fuera, quienes son inhospitalarios con los extranjeros (xenofobia). Las relaciones entre individuos y Estados como miembros de una comunidad mundial nos otorga el derecho de ciudadanía mundial. Kant consideraba que un derecho cosmopolita como el se?Alado era un requisito indispensable para lograr una paz duradera y planetaria.Libertad jurídica
La libertad jurídica es (junto con la igualdad y la independencia), una de las carácterísticas esenciales del ciudadano de un Estado. Responde a la libertad legal de no obedecer jamás a ninguna ley a la que no hayamos dado previamente nuestro consentimiento. El ciudadano debe ser colegislador. El concepto de libertad jurídica no expresa desobediencia civil, puesto que Kant no la defendía en su época, a pesar de que lo podría parecer por la misma definición de la palabra.Imperativo
Imperativo, del latín imperativum, obligatorio. En general, expresión lingüística en lenguaje prescriptivo, o imperativo.
En ética, juicio de valor que expresa una obligación. En Kant, principio con que la razón somete a la voluntad, o, en sus palabras, ?Manera como la razón hace buena a la voluntad?. Kant distingue entre axiomas subjetivos y axiomas objetivos; unos y otros pueden determinar a obrar al hombre, pero sólo los segundos son dignos de una voluntad racional libre, o pueden ser las leyes prácticas capaces de determinar a obrar a cualquier voluntad racional. A éstos los llama imperativos categóricos, el criterio de la moralidad de una acción; la manera como la razón se impone a la voluntad de una forma incondicional y necesaria, en contra de cualquier deseo meramente subjetivo. Expresa el deber que ha de cumplirse por sí mismo, y no para conseguir alguna otra finalidad (en este caso, sería un imperativo hipotético o condicionado). Es la ley de la razón práctica, que no prescribe nada en concreto que hacer, sino sólo la manera, la forma, cómo se ha de actuar. En la ética kantiana aparecen diversas formulaciones del imperativo categórico (obra sólo según aquella máxima que puedas querer que se convierta, al mismo tiempo, en ley universal; obra como si la máxima de tu acción debiera convertirse, por tu voluntad, en ley universal de la naturaleza; obra de tal modo que te relaciones con la humanidad, tanto en tu persona como en la de cualquier otro, siempre como un fin, y nunca sólo como un medio; obra como si tu máxima debiera servir al mismo tiempo de ley universal para todos los seres racionales).