De la Monarquía a la República: Elecciones, Constitución de 1931 y Reformas Clave

Como la gestión de Berenguer no parecía tener ningún éxito, fue sustituido en febrero de 1931 por otro militar, el almirante Juan Bautista Aznar, que convocó de manera inmediata un proceso electoral íntegro que incluía la celebración de elecciones municipales el 12 de abril, de elecciones provinciales el 3 de mayo y de elecciones generales en junio. Además, las nuevas autoridades facilitaron la libertad de propaganda política y permitieron a todos los partidos presentar candidaturas a las votaciones, cuyo posible resultado era impredecible.

En consecuencia, las elecciones municipales se celebraron el 12 de abril y los candidatos republicanos y socialistas lograron, de forma sorprendente, un rotundo triunfo en todas las grandes ciudades. En las horas posteriores a la publicación del recuento de votos, los republicanos y los socialistas movilizaron rápidamente a sus simpatizantes para presionar al Gobierno y forzar la abdicación del monarca.

Durante su mandato, el Gobierno Provisional implementó reformas significativas para modernizar el país y sentar las bases del Bienio Reformista (1931-1933). Entre estas medidas se destacan la reforma militar, que buscaba reducir el exceso de oficiales y modernizar las fuerzas armadas; la reforma religiosa, orientada a establecer la separación entre la Iglesia y el Estado; y la reforma agraria, destinada a redistribuir la tierra y mejorar las condiciones de los campesinos.

En junio se celebraron las elecciones a Cortes constituyentes por sufragio universal masculino. De manera novedosa, las mujeres pudieron presentarse como candidatas y dos de ellas, Clara Campoamor por el Partido Republicano Radical, y Victoria Kent por el Partido Radical Socialista, resultaron elegidas diputadas. Al mes siguiente, se creó una comisión parlamentaria formada por quince diputados con la tarea de preparar y presentar un proyecto constitucional. Por su parte, los diputados derechistas y católicos consideraban que Dios había quedado “anonadado” y calificaban el documento legislativo como sectario, anticristiano y anticlerical.

Los Seis Puntos Esenciales de la Constitución de 1931

Los seis puntos esenciales del contenido del nuevo texto constitucional (Constitución de 1931) republicano eran:

  • El reconocimiento del derecho al voto de la mujer. La innovadora introducción del sufragio femenino fue aprobada a pesar de la oposición de muchos republicanos, que temían la influencia que el clero católico pudiera ejercer sobre las preferencias electorales de las mujeres.
  • La cuestión autonómica. La Constitución incluía un procedimiento para facilitar la creación de autonomías regionales con carácter particular, de manera que una o varias provincias limítrofes que compartieran características históricas y culturales comunes podían solicitar la concesión de un estatuto de autogobierno. Para ello se fijaban tres pasos imprescindibles: primero, la iniciativa municipal; en segundo lugar, el plebiscito popular; y por último, la aprobación en el Congreso de los Diputados. Siguiendo este proceso y superando la oposición de los diputados de los partidos derechistas, se aprobó en 1932 el Estatuto de autonomía de Cataluña. Más tarde, ya durante la Guerra Civil, se aprobaron los Estatutos de autonomía del País Vasco y Galicia.
  • La cuestión religiosa. La afirmación de la aconfesionalidad del Estado republicano se completó con la supresión de todas las subvenciones económicas a la Iglesia Católica, el reconocimiento del divorcio y la prohibición del mantenimiento de centros educativos de enseñanza infantil y juvenil dirigidos por órdenes religiosas. La discusión y votación de estos artículos provocó fuertes trifulcas en el Parlamento y algunos diputados llegaron a agredirse a puñetazos.
  • Los derechos del ciudadano. El reconocimiento sin limitaciones de los derechos individuales se completó, por primera vez en la historia constitucional española, con una serie de derechos colectivos y de carácter social al trabajo, a la educación, a la salud y a una vivienda digna.
  • La limitación del derecho de propiedad privada. El artículo 44 de la Constitución afirmaba el derecho legal de las instituciones políticas republicanas a realizar posibles expropiaciones con la finalidad de nacionalizar y socializar las propiedades individuales por motivos de interés general. Ley de Reforma Agraria.
  • La reorganización de los poderes del Estado. Al desaparecer la figura del rey, la jefatura del Estado pasó a manos del presidente de la república, que debía ser elegido por los diputados, y cuyo mandato duraba seis años sin posibilidad de reelección; en cualquier caso, sus atribuciones eran escasas y sus funciones fueron reducidas al mínimo. Se creó un Tribunal de Garantías Constitucionales, cuya tarea consistía en decidir sobre la inconstitucionalidad de las normas y leyes aprobadas.