3.A.- Apoyos y detractores de Isabel II. –
Los carlistas recibieron el apoyo de: pequeños propietarios campesinos; baja nobleza del norte de España; sectores más conservadores de la Iglesia; grupos de artesanos temerosos ante la desaparición de los gremios; algunos oficiales del ejército. Estos apoyos fueron mayores en áreas rurales del País Vasco, Navarra, norte de Cataluña y zona del Maestrazgo. Los isabelinos fueron respaldados por la burguésía liberal, la mayor parte del ejército, y por la población de las grandes ciudades. Tras las desamortizaciones, la nobleza apoya a los isabelinos.
B.- ¿Qué sabes sobre el Concordato?
En la Década Moderada se restablecieron las relaciones con la Iglesia, rotas durante la Guerra Carlista y la Revolución, frenándose el proceso desamortizador y devolvíéndose al clero regular las tierras que todavía no habían sido vendidas. En 1851, el gobierno firmó con Roma el Concordato, mediante el cual el Papa reconocía a Isabel II como reina legítima de España, la Santa Sede aceptó el hecho consumado de la desamortización eclesiástica y ratificó el Patronato Regio, es decir, el derecho del estado a presentar candidatos a obispos para las sedes vacantes. A cambio, el Estado se comprometía a financiar la Iglesia en España y a entregarle el control de la enseñanza y la censura.4.A.- ¿Qué sucede en 1836?
El “motín de los sargentos” en la Granja en Agosto de 1836 .B.- ¿Qué ha de hacer la Regente?
Carácterísticas de la Constitución de 1837. -Tras esto, Mª Cristina restablece la Constitución de 1812 y pone el gobierno en manos de los progresistas, que llevan a cabo la reforma agraria liberal (Mendizábal) y una nueva Constitución, en 1837. -Carácterísticas de la Constitución de 1837: -Redactada por Argüelles y Salustiano de Olózaga. -Es versátil, intenta contentar a Moderados y Progresistas. -En su preámbulo se sobreentiende la Soberanía Nacional. -Se establece la colaboración de poderes, más que la separación: -Poder ejecutivo: la reina nombra a sus Ministros, responsables ante las Cortes. -Poder legislativo: la reina tiene el derecho de veto, y las Cortes son bicamerales (Congreso de los Diputados, elegido por sufragio censitario masculino directo (1/50.000 hab, cada 3 años) y Senado, nombrado por la reina (se renueva 1/3 cada 3 años , y hay que tener más de 40 años)). -Poder judicial: reside en los tribunales. -Breve declaración de derechos: libertad de imprenta (sujeta al juicio de los jurados), inviolabilidad del domicilio, Habeas Corpus, Permisibilidad religiosa (presupuesto para el clero católico por la desamortización de Mendizábal). -El rey (inviolable) convoca, suspende y disuelve las Cortes. -Art. 27: Establece la reuníón automática de las Cortes, si el rey no las convoca en el plazo debido.5.A.- ¿Qué es el Estatuto Real de 1834?
Es una Carta Otorgada concedida por la regente Mª Cristina para intentar dar la impresión de un gobierno representativo, para contentar a los liberales; no contento a los progresistas y llevará a la caída de Isturiz.B.- Carácterísticas del mismo
No es una constitución puesto que no ha sido elaborada por personas cultas elegidas por el pueblo (Cortes Constituyentes). La otorga graciosamente la regente, que desea dar una impresión de régimen representativo, delegando parte de su poder, pero la realidad es que lo conserva todo. -Cortes bicamerales: cámara de próceres y cámara de procuradores. Solo tienen derecho de petición ya que la regente tiene la iniciativa legislativa y el derecho de veto. -No se regulan los derechos ni libertades.6.A.-¿Qué buscan los carlistas? –
Los carlistas reivindican los derechos del infante Carlos Mª Isidro. Buscan que el asuma la corona, con una monarquía absolutista.
B.- Explica brevemente el desarrollo de las guerras carlistas
Tras la muerte de Fernando VII, se produjo un conflicto sucesorio e ideológico entre carlistas e isabelinos, que llevará al desarrollo de tres guerras a lo largo del S.XIX. – La primera guerra carlista (1833-1840). Fue la más larga e importante de las tres. -Primera fase (1833-1835): los carlistas fracasan en su intento de provocar una revuelta generalizada en todo el país, pero se hacen fuertes en País Vasco y Navarra (Zumalacárregui), aunque no controlan las capitales vascas ni Pamplona. También hubo partidas carlistas en Levante, norte de Cataluña, bajo Aragón (General Cabrera). -Segunda fase (1836-1840): los isabelinos (general Espartero) toman la iniciativa. Se pone fin al sitio carlista sobre Bilbao (1836) en el que muere Zumalacárregui. Expediciones carlistas hacia otras regiones (expedición de Don Carlos hacia Madrid, 1837) fracasan y muchos (general Maroto) desean alcanzar la paz (transaccionistas). El Convenio de Vergara (1839), celebrado entre Espartero y Maroto, supuso el final de la guerra en el País Vasco y Navarra, la incorporación de los militares carlistas al ejército isabelino y la promesa de tratar la cuestión foral en Cortes. Los carlistas intransigentes contrarios al pacto (Cabrera) mantienen las acciones armadas en el Maestrazgo. Espartero pondrá fin a la resistencia carlista con la toma de Morella (Castellón). Carlos María Isidro se exilió a Francia, destino de los últimos combatientes carlistas. La segunda guerra carlista que se desarrolló en Cataluña (1846-49), con el pretexto del fallido enlace entre Isabel II y el pretendiente carlista (Carlos VI). Cabrera de exilia a Francia. En el Bienio Progresista, en 1855 y 1856, habrá nuevos intentos rápidamente dominados. En 1860 habrá un pronunciamiento militar carlista en San Carlos de la Rápita (Ortegada): El Conde de Montemolín, D. Carlos Luis, obligado a renunciar a sus derechos, se exilia a Francia, donde se retracta. Habrá otros intentos carlistas, como en el Sexenio Democrático, cuando llega Amadeo. Se produce una insurrección carlista (Carlos Mª de Borbón), iniciando la 3ª Guerra Carlista (1872-1876), que acaba con la Paz de Somorrostro en 1876.7.A.- Cronología del Bienio Progresista
1854-1856 B.- Actuaciones principales durante este período.–Las medidas legislativas más importantes fueron la desamortización civil de Madoz (venta de los bienes comunales de los ayuntamientos) y la Ley General de Ferrocarriles (sistema radial, incentiva inversiones extranjeras, coetánea de la Desamortización de Madoz). También se elabora una Constitución en 1856 ( la Non-Nata), que ofrecía una declaración de derechos más amplia que la de 1845 e incluía límites al poder de la corona y del ejecutivo, pero no entró en vigor. Surgen la Uníón Liberal, creada por O’Donnell, y el Partido Demócrata. La inestabilidad política aumenta, abundan las huelgas (estamos asistiendo al nacimiento del movimiento obrero español). O´Donnell (ministro de la Guerra), pacta con la corona en contra del presidente Espartero y ocupa el poder.