Contractualismo: Orígenes, Características y Principales Exponentes

Definición del Contractualismo

El contractualismo es un movimiento filosófico que se desarrolló a finales del siglo XVII y durante el siglo XVIII. Originado en Inglaterra y posteriormente en Francia, propone regímenes políticos fundamentados en:

  • La igualdad natural de los seres humanos.
  • La ausencia de privilegios.
  • La libre distribución de la riqueza (basada en méritos individuales).
  • La adscripción del poder político al pueblo, quien lo ejerce a través de sus representantes y en busca del bien común.

Principales Representantes del Contractualismo

  • Thomas Hobbes: Leviatán (1651)
  • John Locke: Dos tratados sobre el gobierno civil (1690)
  • Jean-Jacques Rousseau: El contrato social (1762)

Puntos de Partida del Contractualismo

  1. Parte de un hipotético “estado de la naturaleza” (sin leyes ni política).
  2. Concibe al ser humano como un ser “imperfecto” (necesita de los demás, egoísta, etc.) que se ve obligado a crear un Estado político.
  3. La soberanía reside en todos y cada uno de los individuos por igual (soberanía popular) y, por delegación suya (tras deliberación racional y mediante pacto), en un Estado o gobierno representativo.
  4. Autonomía racional del ser humano: Capacidad del ser humano de gobernarse a sí mismo y descubrir las normas y valores universales que deben guiar la vida y regular la convivencia.

El Contractualismo de Locke

  1. Visión optimista del ser humano: En el estado de naturaleza, el ser humano es racional, sociable y cooperativo. La razón muestra que todos son iguales en derechos naturales (derecho a la vida, la libertad y a la propiedad) y deben salvaguardarse.
  2. El ser humano considera que sus derechos estarían aún más protegidos en un Estado político regido por leyes y con la autoridad de los gobernantes. Con ello se consiguen normas y procesos jurídicos más objetivos.
  3. Lo racional es ceder (mediante pacto o contrato) parte de sus derechos (sobre todo, el de defenderse por uno mismo) a un Estado que represente a todos y cuyo fin sea preservar los derechos de todos.
  4. Condiciones del pacto:
    • Cada individuo renuncia a defender sus derechos y otorga confianza y poder a los gobernantes para que aseguren los derechos de todos.
    • Este pacto no es definitivo ni irrevocable. El poder reside permanentemente en el pueblo, quien posee el derecho a deponer al gobierno si éste no respeta o garantiza los derechos naturales.
  5. Locke no defiende un Estado absolutista, sino la democracia.
  6. Divide el Estado en:
    • Poder legislativo (reside en el pueblo).
    • Poder ejecutivo y judicial (pone en práctica las leyes y vigila su cumplimiento).
    • Poder federativo (realiza acuerdos internacionales).
  7. Este triple poder asegura que en el Estado una parte (la de los representantes del pueblo) controle a la otra (el gobierno), evitando los abusos de poder.
  8. El Estado se mantiene neutro frente a otros poderes (como la Iglesia), siempre que no amenacen la seguridad y la paz.
  9. El Estado no debe controlar las instituciones religiosas, ni crear una religión civil. Debe haber un Estado laico (con tolerancia religiosa).

El Contractualismo de Rousseau

  1. En el estado natural (Hipótesis del Buen Salvaje) los hombres son: iguales, autosuficientes, buenos y compasivos con los demás. No necesitan leyes ni política.
  2. El mal uso de la libertad, guiado por la ambición, la propiedad y la posesión de conocimientos, dará lugar a la violencia.
  3. Necesidad de leyes y Estados para defender los derechos del ser humano a la igualdad y a la libertad.
  4. No se incluye el derecho a la propiedad, origen de todos los males.
  5. Lo razonable es ceder voluntariamente parte de su libertad a favor del Estado, que sea la expresión de la voluntad general de todos y que imponga leyes para que haga efectivos los derechos.
  6. Mediante el contrato social, los seres humanos se asocian y aprueban una ley a la que se someten voluntariamente.
  7. El individuo cede parte de su derecho a la libertad y a la igualdad a favor del Estado mediante democracia directa. El ser humano no pierde sus derechos, pues se subordina a las leyes que él mismo ha contribuido a instaurar.
  8. El acuerdo de todas las voluntades genera una voluntad general que tiene derecho a imponer el cumplimiento de las leyes al individuo que no las cumple.
  9. Rousseau propone un Estado más poderoso e intervencionista que el de Locke, sobre todo en el tema de la propiedad.
  10. El poder legislativo reside en el pueblo de forma indivisible y es el verdadero y único poder.
  11. Es útil contar con una religión civil que indique a los ciudadanos las normas sociales que está obligado a cumplir.