Conceptos Clave y Prevención de Riesgos Laborales: Protege tu Salud en el Trabajo

Conceptos Básicos en Prevención de Riesgos Laborales

La Ley de Prevención de Riesgos Laborales establece una serie de conceptos fundamentales en materia de salud y seguridad:

  • Prevención: Conjunto de medidas adoptadas o previstas en todas las fases de actividad de la empresa para evitar o disminuir los riesgos laborales.
  • Riesgo laboral: Posibilidad de que un trabajador sufra un daño derivado del trabajo.
  • Riesgos derivados del trabajo: Enfermedades o lesiones sufridas con motivo del trabajo.

Condiciones de Trabajo y su Influencia en la Seguridad

Una condición de trabajo es cualquier característica del mismo que pueda tener una influencia significativa en la generación de riesgos para la salud y la seguridad del trabajador. Esto incluye:

  • Características generales de los locales, instalaciones o equipos: espacios, instalaciones eléctricas, máquinas, herramientas.
  • Naturaleza de los agentes físicos y químicos: ruido, temperatura, vibraciones.
  • Procedimientos para la utilización de agentes que influyan en la generación de riesgos: manipulación de material biológico.
  • Características del trabajo: ritmo de trabajo elevado e inadecuado.

Factores de Riesgo y Daños a la Salud

Se considera factor de riesgo de un determinado tipo de daño la condición de trabajo que, cuando está presente, incrementa la probabilidad de aparición de ese daño.

Daños a la Salud de los Trabajadores

Los riesgos laborales pueden provocar daños en la salud de los trabajadores. Según la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, son daños derivados del trabajo las enfermedades, patologías o lesiones sufridas con motivo del trabajo.

Tipos de daños:

  • Patologías específicas: accidentes de trabajo o enfermedades profesionales.
  • Patologías inespecíficas: insatisfacción, fatiga, envejecimiento prematuro y estrés.
  • Patologías emergentes: mobbing (acoso laboral) y burnout (síndrome del quemado).

Accidentes de Trabajo

La Ley de Seguridad Social establece que toda lesión corporal que el trabajador sufra con ocasión o por consecuencia del trabajo que ejecute por cuenta ajena será un accidente de trabajo.

Elementos básicos:

  • Lesión corporal: incluye tanto la lesión física como la psíquica y mental.
  • Trabajo por cuenta ajena: la lesión debe producirse en un trabajador por cuenta ajena.
  • Relación de causalidad entre trabajo y lesión: la lesión corporal debe originarse en el trabajo.

Otros Supuestos de Accidentes de Trabajo

Además de los accidentes que se producen en el lugar de trabajo, la Ley de Seguridad Social recoge otros supuestos que merecen la misma consideración.

Enfermedades Profesionales

Una enfermedad profesional es el daño o alteración de la salud causado por las condiciones físicas, químicas o biológicas presentes en el trabajo. Un ejemplo son las enfermedades causadas por agentes químicos.

Otros Daños Laborales

  • Fatiga: Disminución de la capacidad física y mental de un trabajador. Los síntomas incluyen insomnio, mareos, depresión, etc.
  • Insatisfacción laboral: Malestar que sufre el trabajador como consecuencia de su trabajo. Suele producirse cuando las compensaciones que recibe el trabajador no superan el esfuerzo realizado. Afecta al rendimiento.
  • Estrés relacionado con el trabajo: Se produce cuando las demandas del ambiente de trabajo superan la capacidad del trabajador para hacerles frente.
  • Envejecimiento prematuro: Proceso natural que afecta a todos los seres vivos. Puede acelerarse en trabajadores expuestos a altas temperaturas, entre otros factores.

Técnicas de Prevención

TécnicaObjetivo
Seguridad en el trabajoEvitar los accidentes de trabajo.
Higiene industrialPrevenir la aparición de enfermedades profesionales en individuos expuestos a contaminantes ambientales.
ErgonomíaAdaptar el trabajo a las condiciones fisiológicas y psicológicas del trabajador para evitar la aparición de fatiga física y mental.
PsicosociologíaPrevenir daños psicológicos que pueden sufrir los trabajadores como consecuencia del trabajo.
Medicina del trabajoMantener la salud del trabajador en estado óptimo.

Obligaciones de Prevención de Riesgos Laborales

  • De carácter general:
    • Garantizar la seguridad y la salud de los trabajadores.
    • Cumplir con la normativa de prevención de riesgos laborales.
    • Asumir el coste de las medidas de seguridad y salud.
    • Adoptar las medidas necesarias para la seguridad del trabajador.
  • Obligaciones específicas:
    • Elaborar un plan de prevención y la evaluación de riesgos.
    • Proporcionar equipos individuales de protección (EPIs).
    • Ofrecer formación sobre los riesgos y medidas de prevención.
    • Facilitar equipos de trabajo adecuados y adaptados.
    • Vigilancia periódica del estado de salud del trabajador.
    • Garantizar la protección de trabajadores especialmente sensibles (embarazadas, menores, temporales).
    • Informar de los riesgos para la salud y sus medidas de prevención.

Trabajadores Especialmente Sensibles

Aquellos que, por enfermedades físicas, mentales, alergias o enfermedades crónicas, están más expuestos a los riesgos laborales.

  • No deben emplearse en puestos de trabajo donde puedan ponerse ellos mismos o a otros en situación de peligro.
  • La evaluación de riesgos tendrá en cuenta sus características especiales.

Protección de la Maternidad y la Lactancia

La realización de algunos trabajos puede repercutir sobre el embarazo o la lactancia. Se deben tomar las siguientes medidas:

  • Adaptar las condiciones o la jornada laboral.
  • Asignar un puesto diferente cuando la adaptación no sea posible.
  • Si no se puede asignar otro puesto, se suspenderá el contrato por riesgo para el embarazo.

Menores de Edad

Necesitan mayor protección por su desarrollo incompleto y falta de experiencia.

  • Realizar una evaluación de riesgos de los puestos de trabajo.
  • Informar a los menores y a sus padres de los riesgos y medidas adoptadas.
  • No contratar a menores para trabajos peligrosos o insalubres, ni en horario nocturno ni horas extras.

Derechos y Obligaciones de los Trabajadores

Derechos

  • Recibir información sobre riesgos laborales.
  • Paralizar la actividad laboral en caso de riesgo grave y abandonar el puesto de trabajo sin ser sancionado.
  • Vigilancia de su salud.
  • Recibir los equipos de protección necesarios.

Obligaciones

  • Cumplimiento de las medidas preventivas.
  • Uso adecuado de los medios y equipos de protección.
  • Informar de situaciones de riesgo a superiores.
  • No poner fuera de funcionamiento los dispositivos de seguridad.