Clara Campoamor, Voto Femenino y Constitución de 1931

Discurso de la Diputada Clara Campoamor

Señores diputados: se está haciendo una Constitución de tipo democrático, por un pueblo que tiene escrito como lema principal, en lo que yo llamo el arco del triunfo de su República, el respeto profundo a los principios democráticos […] Yo no creo, no puedo creer, que la mujer sea un peligro para la República, porque yo he visto a la mujer reaccionar frente a la Dictadura y con la República […]

Resolver lo que queráis, pero afrontando la responsabilidad de dar entrada a esa mitad del género humano en la política, para que la política sea cosa de dos, porque solo hay una cosa que hace un solo sexo: alumbrar; las demás las hacemos todos en común, y no podéis venir aquí vosotros a legislar, a votar impuestos, a decir deberes, a legislar sobre la raza humana, sobre la mujer y sobre el hijo, aislados, fuera de nosotras […]

Respecto a la serie de afirmaciones que se han hecho esta tarde contra el voto de la mujer, he de decir, con toda consideración, que no están apoyadas en la realidad […] ¿Quién protestó y se levantó en Zaragoza cuando la guerra de Cuba más que las mujeres? ¿Quién nutrió la manifestación pro-responsabilidades del Ateneo, con motivo del desastre de Annual, más que las mujeres, que iban en mayor número que los hombres? […]

No cometáis, señores diputados, ese error político de gravísimas consecuencias. Salváis a la República, ayudáis a la República atrayéndoos y sumándoos esa fuerza que espera ansiosa el momento de su redención.

Fuente: Diario de Sesiones de las Cortes Constituyentes. Intervención de Clara Campoamor en las sesiones de 30 de septiembre y 1 de octubre de 1931.

Contexto y Análisis del Discurso

Tipo de Texto, Fuente y Tema

Se trata de un texto político, un discurso pronunciado en el Congreso de los Diputados. Es una fuente primaria y su tema es político y social.

Autora, Destinatarios y Finalidad

La autora es Clara Campoamor, política española, fundadora de la Unión Republicana Femenina y una de las principales defensoras del feminismo durante la Segunda República. Los destinatarios eran los parlamentarios, en su mayoría de izquierdas en aquel momento, y, lógicamente, el pueblo español. La finalidad era la defensa de los derechos de la mujer, la igualdad de derechos entre hombres y mujeres, el derecho al voto femenino y el intento de restar influencia a la Iglesia en la sociedad, entre otros aspectos.

Cronología y Relevancia Política

El discurso se sitúa en las sesiones llevadas a cabo entre el 30 de septiembre y el 1 de octubre de 1931. Es el primer año de la Segunda República y, en concreto, se trata de la etapa constituyente, es decir, el periodo en el que se estaba elaborando la Constitución republicana de 1931. Su relevancia política radica en que se acababa de proclamar la Segunda República (1931-1936) y, entre los debates más importantes, figuraba la defensa de los derechos de la mujer, incluido el derecho al voto. Como relevancia histórica destacada, cabe mencionar que en las elecciones generales de 1933 votaron por primera vez las mujeres en España.

Comentario de las Ideas Principales

A continuación, se comentan las ideas principales del discurso, párrafo a párrafo:

  • Primer párrafo: La autora expone que se está viviendo una nueva etapa con la República y que se hace necesaria la defensa de los valores y derechos democráticos, así como los derechos de la mujer. Deja claro que la mujer no sería un peligro o un problema a la hora de participar en la política y en las votaciones. Esta última afirmación la realiza para contrarrestar la opinión de la socialista Victoria Kent, quien sostenía que la mujer no debía votar, a pesar de tener derecho, porque estaba influenciada por la Iglesia y por sus maridos, lo que podría manipular o alterar los resultados electorales.

  • Segundo párrafo: Clara Campoamor se reafirma en la igualdad de derechos entre hombres y mujeres y en el derecho al voto de estas últimas.

  • Tercer párrafo: La política vuelve a defender los derechos de la mujer y afirma que el papel de la mujer en la historia de España ha sido relevante e importante. Para ello, menciona el Desastre de Annual de 1921, una gran derrota para el ejército español, y el cierre del Ateneo de Madrid en 1924 durante la dictadura de Primo de Rivera. En ambos casos, las mujeres desempeñaron un papel significativo en las protestas llevadas a cabo.

Características de la Constitución de 1931

Una Constitución es la norma fundamental donde se recogen los derechos y deberes de un país democrático. Entre las más importantes de la historia de España se encuentra la Constitución republicana de 1931. Destacan las siguientes características:

  • Estaba conformada por 125 artículos.
  • Define a la República como “La República Democrática de los Trabajadores de toda clase” y establece que los poderes emanan del pueblo.
  • Proclama la “soberanía popular”, buscando establecer un carácter más progresista.
  • Establece la figura de un Presidente de la República y un Presidente del Gobierno con sus ministros. El Presidente de la República nombra al Presidente del Gobierno, tiene facultad para disolver el Parlamento y puede participar en la elaboración de las leyes.
  • Declara que todos los españoles son iguales en derechos y ante la ley.
  • Establece un Estado laico. El Estado español no tiene ninguna religión oficial, lo que representa un intento de lograr la separación Iglesia-Estado.
  • Amplía la declaración de derechos y libertades y crea un Tribunal de Garantías Constitucionales para vigilar y asegurar su cumplimiento.
  • Reafirma el sufragio universal libre, igual y secreto, incluyendo explícitamente el derecho al voto de las mujeres.
  • Respeta el derecho a la propiedad privada, pero lo subordina a los intereses nacionales, permitiendo la expropiación forzosa en ciertos casos.
  • Añade otros derechos, como la defensa de los derechos de los trabajadores.
  • Establece una sola Cámara: el Congreso de los Diputados.
  • Proclama la División de Poderes: Ejecutivo, Legislativo y Judicial.
  • Admite la presencia de un Estado Integral, reconociendo la existencia de autonomías en municipios y regiones. Varias provincias podían organizarse en “Regiones Autónomas”, como ocurrió con el Estatuto de Autonomía de Cataluña de 1932. Por tanto, se reconocía la existencia de un Estado con autonomías políticas.

Conclusión

Como conclusión, podemos afirmar que la Constitución de 1931 se elaboró en el contexto histórico de la Segunda República. Fue aprobada el 27 de agosto de 1931 y supuso una de las constituciones más progresistas de la época, con la ampliación de los derechos de los ciudadanos, entre ellos el derecho al voto de las mujeres, que se hizo efectivo en las elecciones generales de 1933, acontecimiento que fue defendido de manera especial por la política Clara Campoamor.