Nuevo Método de Aproximación al Delito
Enfoque:
El Derecho se concibe como un subsistema social, donde las relaciones sociales conflictivas son mediadas por normas e instituciones. Este enfoque se centra en la aplicación de la norma, más que en su contenido, y reconoce la interdependencia entre Derecho, Economía y Política.
Se parte de una premisa fundamental: el valor del Derecho es un valor esperado. De forma análoga a una lotería, donde el valor esperado se calcula multiplicando la probabilidad de ganar por el premio (por ejemplo, un 10% de probabilidades de ganar 1000 tiene un valor esperado de 100), se puede estimar la probabilidad de sanción por cometer un delito, ya sea aparcar en doble fila o cometer un homicidio.
Un problema recurrente con los convenios y marcos internacionales es que, a menudo, las normas que establecen terminan siendo incumplidas. Esto se debe a que suelen ser demasiado desarrolladas y contienen una infinidad de reglas que no son aplicables a todos los países y regiones.
A menudo se asume que el Código Penal (CP) representa la esencia del Derecho, pero esta visión es excesivamente normativista. En realidad, el Derecho es un sistema social que interactúa con la economía y la política.
La idea central es medir la Justicia desde una perspectiva económica. Cuando realizamos una acción, esperamos que esta nos produzca una satisfacción, e incluso podemos medir el coste de cualquier acto. Pero, ¿cómo medimos la Justicia y el Derecho? Cuando se comete una infracción, como aparcar en doble fila o cometer un delito más grave, la sanción actúa como intermediaria entre la acción y el resultado deseado.
- + Fácil ser detenido: Mayor probabilidad de descubrimiento
- + Difícil ser detenido: Menor probabilidad de descubrimiento
- PPL de 15 a 20 años: Pena a imponer
- Pena de inhabilitación
Valoración del hecho: Quien comete un delito, como un homicidio, realiza una valoración personal en la que el beneficio percibido supera el coste potencial. Por este motivo, el legislador busca establecer incentivos para disuadir la comisión de delitos.
Método
Se propone aplicar métodos de análisis económico al ámbito del Derecho Penal. Las normas generan incentivos que influyen en el comportamiento. Una norma puede, por tanto, inducir a una mayor o menor delincuencia. Por ejemplo, si tres faltas de robo se convierten en delito, el delincuente puede verse incentivado a no limitarse a artículos de hasta 400 €.
Postulados de partida:
- Máximo bienestar: Los individuos ordenan sus preferencias y optan por la alternativa que les proporciona mayor satisfacción. Incluso un acto como el asesinato puede ser considerado un acto económico si la muerte produce el máximo beneficio para el perpetrador.
- Valores estables: La influencia del Estado sobre los valores individuales es limitada. Cada persona posee un código de valores propio que es difícilmente modificable, lo que pone en entredicho la eficacia de los tratamientos de reinserción.
- Soberanía del consumidor: Los individuos saben lo que quieren. Si la única forma de conseguirlo es a través de medios ilícitos, algunos individuos optarán por esa vía.
- Principio de equilibrio: Si una situación puede mejorarse, se hará. Se trata de una mejora subjetiva y global, donde el riesgo percibido es inferior a la mejora esperada.
Objetivo: Determinar por qué unas normas son más eficientes que otras. Se debe tener en cuenta que incrementar las penas no siempre es efectivo.
Se parte de un concepto de mercado específico:
- De equilibrio perfecto: El Derecho solo asegura su existencia.
- Sin equilibrio: El Derecho suple el desequilibrio.
Es importante destacar que, en este contexto, los accidentes son inevitables. Quien puede evitar el daño a un menor coste obtendrá un mayor beneficio. Además, a mayor cuota de seguro, mayor será la indemnización.
Críticas al Método Económico
- Se trata solo de un método para medir la eficiencia, no el único. La idea de Justicia, por ejemplo, es otro criterio relevante.
- No atiende a objetivos sociales: La pena de muerte podría ser eficiente desde una perspectiva puramente económica, pero no necesariamente justa.
- El Derecho asigna valores individuales, no de mercado.
- Expropiación:
- ¿Cuánto vale evitarla?
- ¿Cuánto vale permitirla?
- Pierna:
- ¿Cuánto pagamos por reducir la probabilidad de perderla? (inversión en seguridad)
- ¿Cuánto pagamos por incrementar la probabilidad de perderla? (deportes de riesgo)
- Presenta un sesgo ideológico liberal.
En el ámbito del Derecho, el valor no es el valor material de una cosa, sino el valor subjetivo que le atribuimos. Por ejemplo, una persona puede estar dispuesta a pagar más por reducir el riesgo de perder una pierna, mientras que un motorista puede no darle tanta importancia a invertir en una actividad que incrementa dicho riesgo.
Aplicación al Derecho Penal
Existen dos posiciones de partida:
- Reclamar un mayor rigor penal: A mayor sanción, menor beneficio esperado del delito.
- Anteponer otros principios, sacrificando ciertas parcelas de seguridad.
Ejemplo de Nueva York, 1973:
- Se impuso cadena perpetua a mayores de 17 años por traficar con 1 onza de heroína.
- Consecuencias:
- Menos vendedores.
- Heroína más cara.
- Delitos más graves para conseguir un producto más caro.
- Mayor número de policías muertos (mismo valor percibido por los delincuentes).
¿Cuándo se cometen delitos?
Cuando el beneficio (satisfacción) esperado es mayor que el coste de no cometerlo, tanto para delitos dolosos como imprudentes.
¿Cómo medir?
A través de unidades ficticias de utilidad (se podría representar gráficamente).
¿Cómo responder?
A) Mediante las penas.
B) Modificando las condiciones sociales asociadas a la decisión de delinquir.