Glosario De Términos
Administración:
es cada una de las partes principales en las que se
Divide unaobra escénica(por ejemplo, lasobras de teatro, lasóperaso
Laszarzuelas).
Amnistías:
es una causa
De extinción de la responsabilidad penal. Es un acto jurídico, normalmente
Emanado del poder legislativo, en el que una pluralidad de individuos que
Habían sido declarados culpables de un delito pasa a considerarse inocentes por
Desaparición de la figura delictiva.
Asamblea:
Conjunto de representantes políticos que constituyen
Un cuerpo deliberante, como el Congreso o el Senado.
Areópago:
Tribunal
Supremo de la antigua Atenas
Austeridad:
Se
Entiende a toda aquella condición que supone la falta de exageración, la
Presencia de la esencia misma de una cosa, una actitud humilde o poco
Extravagante.
Autonomía De los estados:
La Autonomía de los Estados está consagrada
En el artículo 159 de la Constitución, que declara que los Estados son
Entidades autónomas e iguales en lo político, con personalidad jurídica plena,
Lo cual le permite ser titulares de derechos y de obligaciones
Competencias Concurrentes:
Atribuciones sobre una materia
Por las que tanto el Estado como las Comunidades Autónomas ejercen plenas potestades legislativas y ejecutivas en virtud
De diversos títulos competenciales, siendo necesario a tal
Efecto coordinar las actividades de las distintas Administraciones públicas.
Circunscripción:
División
Administrativa, militar, electoral, o eclesiástica de un territorio.
Constituyente:
Persona elegida como miembro de
Una asamblea.
Descentralización:
La descentralización en política,
Supone transferir el poder de un gobierno central hacia autoridades que no
Están jerárquicamente sometidas. Además, la relación entre entidades descéntrales
Es siempre jerárquica, no vertical y sin olvidar que la descentralización de un
Estado puede ser política, administrativa y social en distintos grados o
Niveles.
Desconcentración:
es una técnica administrativa que consiste en el traspaso de
La titularidad o elejerciciode
Unacompetenciaque lasnormasle
Atribuyan como propia a unórgano
Administrativoen
Otro órgano de la mismaadministración
Públicajerárquicamente
Dependiente.
Estado seglar:
Se
Entiende por seglar a todas aquellas personas que están relacionadas de una
Manera u otra con determinado tipo de religión pero que no forman parte de la
Institución eclesiástica que la dirige.
Enmienda:
Se denomina enmienda, en Derecho, a una propuesta
De modificación de algún documento oficial, especialmente en los artículos y
Textos de leyes y proyectos de ley.[
Gravable:
Imponer
Un ente público, como el Estado, o privado, como un banco, un impuesto, tasa u
Otra carga sobre un bien o una actividad.
Impugnación:
impugnar
En el área del derecho es solicitar
La nulidad, sustitución o modificación de un determinado acto de procedimiento
Que se afirma injusto o ilegal, siendo ello la causa del agravio en el proceso.
Jurisdicción:
En
Sentido amplio, próximo al de la misma palabra en inglés, competencia y poderes
Conferidos a una autoridad pública.
Juez Máximo:
Tribunal supremo de justicia.
Legislar:
Elaborar o
Establecer leyes para gobernar un país.
Legislación:
Conjunto
De leyes por las cuales se regula un Estado o una actividad determinada.
Magistrado:
Funcionario
Que administra justicia en la Audiencia nacional, en los tribunales superiores
De justicia, en las audiencias territoriales y provinciales o en el Tribunal
Supremo.
Municipal:
Se
Refiere a la gente que pertenece a la guardia
Urbana de un municipio.
Referendo:
Es una convocatoria que se hace al pueblo para que
Apruebe o rechace un proyecto de norma jurídica o derogue o no una norma ya
Vigente.
Ordenanza:
Es
Una ley de cumplimiento exclusivo en el municipio donde se promulga. Estas
Servirán para establecer las normas de aplicación general sobre asuntos
Específicos de interés común para todos los ciudadanos.
Poder Público Nacional:
está dividido en 5
Poderes los cuales son: elpoder legislativo, elpoder ejecutivo, elpoder judicial,
Elpoder ciudadanoy elpoder electoralde los ciudadanos.
Poder Estadal:
El Poder Estatal es aquel que está constituido por todas
Aquellas instituciones u órganos del Gobierno señaladas en Nuestra Carta Fundamental,
Con competencia a nivel Estadal, así se detallan la existencia del Poder
Legislativo Estadal (Consejo Legislativo), Ejecutivo (Gobernador), Judicial
(Dirección Ejecutiva de la Magistratura con sus oficinas regionales), Ciudadano
(Contraloría autónoma).
Poder Municipal:
El Poder
Público Municipal está conformado por: la función ejecutiva, desarrollada por
El alcalde o alcaldesa a quien corresponde el gobierno y la administración;
La
Función deliberante que corresponde al Concejo Municipal, integrado por
Concejales y concejalas.
Poder Público:
Es la capacidad que tiene el Estado para obligar a alguien a realizar un
Acto determinado. El poder público es necesario para el funcionamiento de
Grupos sociales que confluyen en un espacio físico cualquiera. Se requiere de
Un orden y del establecimiento de reglas que permitan la convivencia humana, la
Cual se traduce en el ejercicio del poder.
Quórum:
Es el
Número de individuos que se necesita para que un cuerpo deliberante o
Parlamentario trate ciertos asuntos y pueda tomar una determinación válida.
Reforma:
Es
La acción y el resultado de reformar, en
Tanto, esta acción implica el rehacer, modificar o enmendar algo, un
Comportamiento, una cuestión, entre otros. Procura mejorar el sistema que se
Tiene, generalmente en forma progresiva y por etapas, y nunca pretende
Derrocarlo. Al implementar una reforma,
Por lo general se trata de convencer en lugar de imponer.
Remoción:
Consiste
En llevar una cosa de un lugar hacia
Otro o en modificar la situación, el estado o la condición de una persona.
Sala Plena:
Integrada por
Los Magistrados de todas las Salas, y una Junta Directiva cuyos miembros
Presidirán las respectivas Salas. La Sala Plena tendrá un Secretario y un
Alguacil.
Sufragio:
Voto u opción tomada por cada una de las personas que son
Consultadas, especialmente en materia política.
Situado Constitucional:
El Situado Constitucional es
El ingreso que le corresponde a los Municipios en cada Ejercicio Fiscal, de
Conformidad con lo dispuesto en el numeral 4 del artículo 167 de la
Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.