España: El Camino hacia la Democracia (1975-1982)

Transición Española: De la Dictadura a la Democracia

El entierro de Franco y la legalización del PCE

Tras el fallecimiento de Franco, el Partido Comunista de España (PCE) organizó una manifestación pacífica con más de 1.000.000 de participantes, demostrando su influencia. En la primavera de 1977, Adolfo Suárez inició el desmantelamiento del sistema legal franquista, culminando con la legalización del PCE el 9 de abril. Como consecuencia, Pita da Veiga dimitió.

Elecciones y la renuncia de Don Juan

Comenzó la campaña electoral con la creación de la Unión de Centro Democrático (UCD), una coalición de 19 formaciones políticas presidida por Suárez. Las elecciones a Cortes Constituyentes, celebradas en junio de 1977, dieron la victoria a la UCD, con un buen resultado para el PSOE y un resultado menos favorable para el PCE, que obtuvo 27 diputados. Pocos días después, Don Juan de Borbón renunció al trono. En 1978, el gobierno republicano en el exilio puso fin oficialmente a la Segunda República.

Los retos de la España democrática

En el verano de 1977, la España democrática enfrentaba tres problemas principales: la resistencia de sectores militares, el terrorismo de grupos como el FRAP, GRAPO y ETA, y una alta tasa de inflación (30%) y desempleo. El ministro de Economía, Enrique Fuentes Quintana, dio la voz de alarma, lo que llevó a la firma de los Pactos de la Moncloa, un compromiso social entre las fuerzas políticas para mejorar la economía española. En 1977, se puso en marcha el proceso constituyente y se establecieron las bases para reconstruir los estatutos de autonomía vasco y catalán.

La Constitución de 1978

Con una economía sumergida aún presente, a finales de 1977 comenzaron los trabajos de la ponencia constitucional, coordinados por el vicepresidente del gobierno, Fernando Abril Martorell, y Alfonso Guerra. Los padres de la Constitución fueron:

  • UCD: Gabriel Cisneros, José Pedro Pérez Llorca, Miguel Herrero de Miñón
  • PCE: Jordi Solé Tura
  • PSOE: Gregorio Peces-Barba
  • CIU: Miquel Roca
  • AP: Manuel Fraga

Se elaboró una constitución abierta, que permitiera gobernar a cualquier formación política, y fue aprobada por referéndum el 6 de diciembre de 1978.

Nuevas elecciones y el golpe del 23-F

Tras la aprobación de la Constitución, se disolvieron las Cortes y se convocaron nuevas elecciones para la primavera de 1979, con resultados similares a los de las elecciones constituyentes. También se celebraron elecciones municipales, en las que el PCE y el PSOE obtuvieron la mayoría y formaron un pacto. El PSP y el PSOE se fusionaron, y el PSOE celebró un congreso en el que se planteó abandonar el marxismo. En 1980, la UCD comenzó a descomponerse, en un contexto de crisis del petróleo. Suárez, incapaz de controlar la situación, dimitió. Leopoldo Calvo-Sotelo fue propuesto como presidente, pero el día de su investidura, Antonio Tejero protagonizó un golpe de Estado que fracasó esa misma noche gracias a la intervención del rey.

El gobierno de Calvo-Sotelo y la victoria del PSOE

Calvo-Sotelo tuvo que afrontar una grave crisis económica, el juicio del 23-F, la entrada de España en la OTAN y el caso de la adulteración del aceite de colza. En 1982, la UCD se disolvió, Calvo-Sotelo dimitió y se convocaron nuevas elecciones, tras la aprobación de los estatutos de autonomía. El PSOE obtuvo una amplia victoria con 202 diputados, y Alianza Popular (AP) se convirtió en la segunda fuerza política. Felipe González asumió el gobierno, incumpliendo parte de su programa electoral: devaluó la peseta, mantuvo a España en la OTAN y llevó a cabo reformas industriales, beneficiándose de la bajada del precio del petróleo. Su mayor logro fue la entrada de España en la Unión Europea (UE). Su legado económico fue positivo, aunque en sus últimos años de gobierno hubo casos de corrupción.

Análisis de la Constitución de 1978

La Constitución de 1978 supuso una ruptura con el sistema anterior, a través de la Ley para la Reforma Política de 1976, que permitió convocar elecciones a Cortes Constituyentes. Se creó una comisión constitucional presidida por Abril Martorell y Alfonso Guerra. La Constitución, aprobada en referéndum el 6 de diciembre de 1978, se asemeja a otras constituciones, especialmente a la alemana. Es una constitución abierta que permite gobernar a partidos de izquierda y derecha, y ha sufrido pocas modificaciones. Se plantea la modificación de la sucesión al trono para permitir reinar a las mujeres, lo que requiere el acuerdo de dos tercios de la cámara. Es una constitución moderna, como se refleja en la declaración de derechos y deberes. Tiene algunas lagunas, como la definición de las autonomías, un tema no cuestionado salvo en el País Vasco.

Título I: Derechos y Deberes

El Título I declara los derechos y deberes, que cambian significativamente respecto a la ley franquista. Se incluyen derechos como el derecho a la vida, la libertad de expresión y la libertad de cátedra. Se protege la intimidad del hogar y la familia, y se reconocen derechos colectivos como la libertad de asociación y reunión. Se establece un Estado laico.

Título II: De la Corona

El Título II regula la figura de la monarquía. El jefe de Estado es el rey, en una monarquía parlamentaria donde reina pero no gobierna. El rey tiene inmunidad absoluta.

Título VII: Organización Territorial del Estado

El Título VII regula la organización territorial del Estado: comunidades autónomas, provincias y municipios. La Constitución reconoce tres nacionalidades históricas: vasca, catalana y gallega, a las que se les reconoce la autonomía desde el primer momento, sin necesidad de permiso del Estado para convocar elecciones. Estas asumieron competencias en sanidad, justicia y educación. Se estableció la posibilidad de que las demás regiones se constituyeran en comunidades autónomas, y todas, excepto Madrid, La Rioja y Cantabria (que se segregaron de regiones preexistentes), optaron por este modelo. Todas se acogieron al artículo 143, y tienen un gobierno, un parlamento y un estatuto. Fueron asumiendo competencias gradualmente, excepto Andalucía, que se acogió al artículo 151 para adquirirlas rápidamente. Hay competencias exclusivas del Estado, como la política exterior y la moneda, competencias compartidas, como la educación, y competencias exclusivas de las comunidades autónomas, como las carreteras.