La convocatoria de Cortes
La obra de los diputados reunidos en Cádiz, en plena Guerra de la Independencia, significó la liquidación jurídica y política del Antiguo Régimen y la definición del primer sistema liberal español. En medio del conflicto bélico, la Junta Central Suprema organizó una consulta al país y, ante el hundimiento del Estado, puso en marcha una convocatoria de Cortes. Las respuestas a la consulta señalaban a los gobiernos de Carlos IV como responsables de la situación, formulaban quejas y planteaban la necesidad de reformas que limitasen el poder del monarca.
La Junta no pudo sobreponerse a las derrotas militares y al hostigamiento de sectores absolutistas, por lo que cesó en sus funciones y fue reemplazada por una regencia encabezada por Blas de Ostolaza. Esta terminó de organizar las Cortes, que se convocaron en Cádiz, única ciudad que resistía al asedio francés. Los diputados no siempre pudieron ser elegidos con normalidad, dado el contexto bélico. En algunos casos el sufragio no pudo celebrarse o los elegidos no pudieron desplazarse.
Finalmente, se reunieron en el Teatro Cómico de la Isla de León (actual San Fernando) y se acordó que las Cortes serían unicamerales y no estamentales. Se inauguraron el 24 de septiembre de 1810. Sus diputados representaron tres tendencias ideológicas:
- Una mayoría liberal.
- Un grupo “jovellanista”.
- Una minoría absolutista.
Los liberales consiguieron la soberanía nacional, ejercían el poder en representación de los ciudadanos que formaban la nación y reconocían a Fernando VII como rey de España.
La Constitución de 1812
Las Cortes desarrollaron una intensa actividad legislativa y aprobaron la primera Constitución de la España contemporánea, lo que permitió un nuevo sistema liberal y acabar con el Antiguo Régimen. Una comisión parlamentaria creó un texto de contenido muy avanzado para la época.
En sus artículos, se definían los derechos del ciudadano, las libertades civiles y la igualdad jurídica y fiscal a través del reparto proporcional de los impuestos. Se establecía el sufragio universal masculino para mayores de 25 años, así como la garantía de la seguridad individual a través de la inviolabilidad del domicilio, los derechos penales y la abolición de la tortura.
La estructura del Estado correspondía a una monarquía limitada, basada en la división de poderes:
- El poder legislativo recaía en las Cortes unicamerales, que tenían la potestad de elaborar leyes, aprobar los presupuestos y los tratados internacionales y comandar el ejército.
- El poder ejecutivo residía en el rey, por lo que poseía la dirección del gobierno e intervenía en la elaboración de las leyes a través de la iniciativa y la sanción.
- El poder judicial era competencia de los tribunales de justicia y se establecían los principios básicos de un estado de derecho: códigos únicos en materia civil, criminal y comercial.
La Constitución reconocía la confesionalidad del Estado, establecía la enseñanza primaria obligatoria y la creación del ejército nacional con un servicio militar obligatorio.
La abolición del Antiguo Régimen
Además del texto constitucional, las Cortes de Cádiz aprobaron una serie de leyes y decretos destinados a eliminar el Antiguo Régimen y a ordenar el Estado como un régimen liberal. Se abolió el régimen señorial, por lo que toda la población dejó de estar sometida a la jurisdicción privada para pasar a depender de la autoridad pública y de la legislación del Estado.
Se intentó iniciar una reforma agraria, mediante la expropiación de los bienes de los conventos suprimidos por Napoleón, la venta o reparto de terrenos baldíos y la supresión de los mayorazgos. Se votó la abolición de la Inquisición, con oposición de los absolutistas y del clero, y la libertad de imprenta. También se introdujeron medidas próximas al liberalismo económico, con la finalidad de impulsar la producción y el comercio. Para ello, se decretó la libertad de comercio, de industria y de trabajo, suprimiendo los gremios y las aduanas interiores.
Las circunstancias de la guerra dificultaron la puesta en práctica de estas reformas, así como de la Constitución, que contaron con la oposición de los sectores absolutistas, que anhelaban el regreso de Fernando VII para restablecer la situación anterior a 1808. La situación de guerra impidió la efectiva aplicación de lo legislado en Cádiz y, al final de la guerra, la vuelta de Fernando VII frustró la experiencia liberal y condujo al retorno del absolutismo.