Marco Normativo del Presupuesto Público en Perú
Administración Económica y Financiera del Estado
Artículo 77.- La administración económica y financiera del Estado se rige por el presupuesto que anualmente aprueba el Congreso. La estructura del presupuesto del sector público está conformada por el Gobierno Central e instancias descentralizadas. El presupuesto asigna equitativamente los recursos públicos. Su programación y ejecución responden a criterios de eficiencia, necesidades sociales básicas y descentralización.
Proyectos de Ley de Presupuesto, Endeudamiento y Equilibrio Financiero
Artículo 78.- Los proyectos de Ley de Presupuesto, Endeudamiento y Equilibrio Financiero se remiten al Congreso dentro de un plazo que vence el 30 de agosto de cada año. El proyecto presupuestal debe estar efectivamente equilibrado. No pueden cubrirse con empréstitos los gastos de carácter permanente.
Iniciativa de Gasto de los Congresistas
Artículo 79.- Los representantes ante el Congreso no tienen iniciativa para crear ni aumentar gastos públicos, salvo en lo que se refiere a su presupuesto. El Congreso no puede aprobar tributos con fines predeterminados, salvo por solicitud del Poder Ejecutivo.
Sustentación del Presupuesto Público
Artículo 80.- El Ministro de Economía y Finanzas sustenta, ante el Pleno del Congreso de la República, el pliego de ingresos. Cada ministro sustenta los pliegos de egresos de su sector.
Leyes que Regulan el Sistema Nacional de Presupuesto
Ley 28411: Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto
La Ley 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, establece los principios, procesos y procedimientos que regulan el Sistema Nacional de Presupuesto, en concordancia con los artículos 77 y 78 de la Constitución Política y el artículo 11 de la Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público (Ley 28112).
Ley 28112: Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público
La Ley 28112, Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público, tiene por objeto modernizar la administración financiera del Sector Público. Incluye al Sistema Nacional de Presupuesto (Dirección General de Presupuesto Público – DGPP), Sistema Nacional de Contabilidad (Dirección General de Contabilidad Pública – DGCP), Sistema Nacional de Tesorería (SNT) y Sistema Nacional de Endeudamiento (Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público – DGETP).
Artículo 14 (Ley 28112).- El Presupuesto del Sector Público es el instrumento de programación económica y financiera, de carácter anual, y es aprobado por el Congreso de la República. Su ejecución comienza el 1 de enero y termina el 31 de diciembre de cada año.
Artículo 14 (Ley 28411).- El proceso presupuestario comprende las fases de Programación, Formulación, Aprobación, Ejecución y Evaluación del Presupuesto, de conformidad con la Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público (Ley 28112).
Consejo Fiscal y Marco Macroeconómico Multianual
Consejo Fiscal
El Consejo Fiscal, creado mediante la Ley 30099, es una comisión autónoma adscrita al Ministerio de Economía y Finanzas (MEF). Su objetivo principal es contribuir con el análisis técnico e independiente de la política macro fiscal y fortalecer la transparencia e institucionalidad del manejo de las finanzas públicas. Emite informes, en base al Marco Macroeconómico Multianual (MMM), utilizando información del MEF. Sus informes no son vinculantes. Los miembros del Consejo Fiscal deben tener reconocida solvencia moral y experiencia mínima de 10 años, y son designados por un periodo de 4 años.
Marco Macroeconómico Multianual (MMM)
El MMM es un programa económico del Gobierno que contiene las principales políticas y proyecciones macroeconómicas para los próximos 3 años. Expresa el seguimiento del MEF a lo establecido en la Ley de Responsabilidad y Transparencia Fiscal (Ley 27958). Toma en consideración el PBI, tipo de cambio, balanza de pagos e indicadores macroeconómicos. Es un documento base para negociaciones internacionales.
Conceptos Clave en la Gestión Presupuestaria
- Presupuesto: Expresión cuantificada, conjunta y sistemática de los gastos a atender durante el año fiscal por las entidades del sector público.
- Plan Operativo Institucional (POI): Establece los objetivos institucionales a lograr en el año y estima las fuentes de financiamiento distintas de los Recursos Ordinarios (RO).
- Presupuesto Institucional de Apertura (PIA): Aprobado por el titular de la entidad de acuerdo al techo presupuestal. En los Gobiernos Regionales (GGRR) y Gobiernos Locales (GGLL), los créditos presupuestarios son establecidos mediante Decreto Supremo.
- Programa por Resultados (PpR): Estrategia de gestión pública que vincula la asignación de recursos a resultados y productos medibles a favor de la población. Permite un uso más eficiente y eficaz de los recursos públicos y la toma de decisiones con mayor información.
Gestión por Procesos y Gestión por Resultados
Gestión por Procesos
Una gestión al servicio del ciudadano debe cambiar el modelo tradicional de organización funcional y migrar hacia una organización por procesos contenidos en las “cadenas de valor” de cada entidad. Esto asegura que los bienes y servicios públicos generen resultados e impactos positivos para el ciudadano.
Gestión por Resultados
Es un marco conceptual que facilita a las organizaciones públicas la dirección efectiva e integrada de su proceso de creación de valor público. Busca optimizar la eficacia, eficiencia y efectividad del desempeño, la consecución de los objetivos de gobierno y la mejora continua de las instituciones.
Problema
Es una limitación o carencia que impide la creación o aprovechamiento de oportunidades y el desarrollo, crecimiento o fortalecimiento de las personas, sus organizaciones y/o territorios.
Valor Público
Son los cambios o mejoras en la calidad de vida de los ciudadanos o una población determinada, como resultado de los servicios y bienes que el Estado pone en marcha a través de políticas, programas y proyectos.
Programa Presupuestal y Herramientas de Análisis
Programa Presupuestal
Se genera como respuesta a un problema específico y consiste en una estructura articulada de productos, diseñados sobre la base de la mejor evidencia disponible, que grafica su capacidad para resolver ese problema.
Herramientas de Análisis
- Análisis Causal: Problema específico – Causas directas – Causas indirectas.
- Cadena de Valor: Insumos – Actividades – Productos – Resultado inmediato – Resultado intermedio – Resultado final.
- Matriz Lógica: Jerarquía de objetivos – Indicadores – Medios de verificación – Supuestos importantes / Resultado final – Resultado específico – Productos – Actividades.
Estructura Funcional Programática y Fases del Proceso Presupuestario
Estructura Funcional Programática
Se compone de:
- Función: Servicios primordiales.
- Programa: Políticas.
- Subprograma: Identificación de trabajos.
Fases del Proceso Presupuestario
- Programación: Las entidades públicas definen sus prioridades de asignación (programas, proyectos, actividades) y los resultados que se esperan alcanzar.
- Formulación: Cada entidad define su presupuesto acorde a sus objetivos y prioridades. El proyecto de ley del presupuesto es sometido a aprobación por el Consejo de Ministros para su remisión al Congreso de la República hasta el 30 de agosto.
- Aprobación: El Presidente del Consejo de Ministros y el MEF sustentan el proyecto de ley ante el Congreso. El Congreso debe aprobarlo hasta el 30 de noviembre. La ley es publicada en los primeros días de diciembre en el diario oficial El Peruano para que entre en vigencia el 1 de enero.
- Ejecución: Está a cargo de las diferentes entidades públicas que reciben recursos. El seguimiento lo realiza el MEF.
- Evaluación: Se miden los resultados obtenidos para mejorar la asignación del presupuesto en los años siguientes. Está a cargo del MEF y de las entidades públicas.