– Otras Organizaciones Internacionales
+PCSD + Battlegroup
Organización para la Seguridad y la Cooperación en Europa (OSCE)
Antecedentes y misión actual: Su precedente es la CSCE de Helsinki en 1975 (Acta Final) para el diálogo entre bloques en la Guerra Fría. Cambiando el nombre a OSCE en 1994, trabajó en la transición democrática de los Estados del Este. Desde 1998 la OSCE tiene la misión de resolver las tensiones en Europa. 57 miembros (España es miembro fundador), y es la organización de seguridad más grande del mundo, así como la única a la que pertenecen Rusia y EEUU.
Principios: Respeto a los DDHH y libertades fundamentales, inviolabilidad de fronteras, integridad territorial de estados y no intervención. Además, cuestiones económicas, ciencia y tecnología, ayuda a consolidar el estado de derecho, desarme y actividades en el ámbito de paz y lo humanitario.
Estructura orgánica: según el principio de democracia pluralista, no poseen integración. Instituciones Políticas: Reunión en la Cumbre de los Jefes de Estado y Gobierno, Consejo Ministerial y un Consejo Superior/Permanente. Foro para la seguridad y cooperación. Asamblea parlamentaria: 320 pax, foro de discusión.
Organización de Estados Americanos (OEA)
Inspirada en el panamericanismo, fue creada a iniciativa de EEUU en 1948 (Carta de Bogotá). Su principal objetivo es establecer “un orden de paz y de justicia, fomentar su solidaridad, robustecer su colaboración y defender su soberanía, su integridad territorial y su independencia”. 35 estados.
Fines: afianzar la paz y seguridad en el continente, promover la democracia y no intervención, actuar frente al terrorismo. En el ámbito de los Derechos Humanos, ha desarrollado con el Pacto de San José un mecanismo de control. Informes y denuncias de violación de DDHH.
Liga Árabe
1945, con el Pacto de Alejandría. Busca la legítima defensa colectiva y seguridad. La cooperación en cuestiones económicas es más importante que en seguridad y defensa. Cooperación económica sin integración. Actúa en ámbitos económicos, educación, telecomunicaciones, salud, seguridad colectiva, extranjería. Las crisis han enfrentado a varios de sus miembros.
Unión Africana (UA)
Refundada en 1999 a partir de la Organización para la Unidad Africana, en 2001 pasó a denominarse UA. Salvaguardar la soberanía de los países. Competencias en seguridad, política, economía, recursos. 54 miembros. Sus órganos son: Asamblea, compuesta por los jefes de Estado y Gobierno, Consejo ejecutivo, Consejo de representantes permanentes. Mecanismos para paz y seguridad: sistema de alerta precoz, un Consejo de Paz y Seguridad y una fuerza interafricana (African Standby Force).
Asociación de Estados del Sudeste Asiático (ASEAN)
1967, para bloquear el avance del comunismo. 10 Estados. Sus competencias son la Comunidad Política y de Seguridad, la económica y la socio-cultural. Se ha ido adaptando y tiene medidas contra el terrorismo o las disputas de soberanía en la zona (Malaca).
Organización de la Cooperación de Shanghái (OCS)
Su antecedente es el Quinteto de Shanghai de 1996. Rusia, China, Kazakstán, Tayikistán, Uzbekistán, Kirguistán, India y Paquistán. Es un acuerdo para el fortalecimiento militar, pero también de tecnología, explotación de recursos energéticos. Rechaza a EEUU como observador. Tiene desconfianza entre Rusia y China. Antiterrorismo, cooperación económica y comercial, social, cultural, promover paz y seguridad.
Organizaciones desaparecidas
ANZUS: Aus, NZ, US: pacto militar contra el renacimiento de Japón. SEATO: Org. Tratado del Sureste Asiático: evitar la expansión del comunismo.
– Tipología de Operaciones de Mantenimiento de la Paz
Reglas de Enfrentamiento (ROE). Normativa que guía a los jefes y a los soldados sobre el empleo de la fuerza. Están enmarcadas en principios generales de autodefensa. Debe estar a disposición de la fuerza con antelación. Si hay una coalición, se asumen las reglas establecidas. Se redactan y supervisan por el asesor jurídico. CAVEAT (restricciones). Limitaciones de índole política o jurídica a las decisiones operativas, denunciando ROE que no se aplican por una nación concreta. Son confidenciales.
Mandato: expresión escrita de la resolución del CSNNUU, en la que se autoriza la intervención en un Estado o zona. En el caso del artículo VI imprescindible acuerdo del país anfitrión, artículo VII no es necesario. Secretario General de la ONU se encarga de negociar con los Estados miembros participantes en la misión. Términos de Referencia (TOR): precisan el mandato con más detalle sobre cometidos y composición de la fuerza. Contiene: Resolución del Consejo de Seguridad, mando y relaciones de mando con los distintos contingentes, finalidad, tipo de misión, cometidos de la fuerza. Acuerdo de entendimiento (MOU). Documento oficial aprobado por cada Estado para regular actividades militares internacionales. Explica las condiciones de participación de fuerzas en la misión. Acuerdo sobre la situación legal de la fuerza (SOFA): Instrumento legal que regula la situación y estancia del contingente en el país anfitrión. Ratificado por todas las partes, especifica derechos, jurisdicción. Incluye: Legalidad de la fuerza, permisos de entrada y salida, derecho a llevar armas y tipos, libertad de movimientos, banderas, jurisdicción, impuestos, sanidad… Terrorismo: acciones cometidas por personas o individuos que utilizan la violencia o amenaza contra un país, sus instituciones, su población o personas concretas por aspiraciones separatistas, ideologías extremistas o fanatismo religioso, o con un afán de lucro.
Tipología de misiones
- Ops de apoyo a la paz: Características: fuera del territorio, para ayudar a controlar o resolver conflictos, normalmente son combinadas y conjuntas y bajo NNUU y otras org. Hay 4 áreas básicas: Seguridad, Reconstrucción, Desarrollo político y democrático, Asistencia humanitaria. Objetivo: crear las condiciones sobre las que otros organismos puedan reparar las causas y consecuencias de un conflicto, y conseguir una paz estable. Se clasifican en:
- Ops de prevención de conflictos:
- Vigilancia: detectar actividades militares que puedan provocar hostilidades (uso observadores u otros métodos).
- Despliegue preventivo: de fuerzas multinacionales en zona conflictiva.
- Ops de establecimiento de la paz: Apoyo militar a las actividades diplomáticas para el cese de hostilidades o acuerdo pacífico. Pueden incluir: Protección de oficinas, escolta de convoyes, sanciones, mediación…
- Ops de consolidación de la paz (estabilización): Medidas políticas, económicas, sociales y de reestructuración militar posteriores al conflicto. Pueden incluir: Apoyo a las instituciones, al cumplimiento de acuerdos de paz o a la creación de cuerpos policiales.
- Ops de prevención de conflictos:
- Ops humanitarias: Finalidad: aliviar el sufrimiento de las personas en catástrofes naturales o humanas (desplazamientos, crisis sanitarias, de desabastecimiento…), cuando las autoridades se ven desbordadas o carecen de voluntad. Uso de militares por urgencia.
- Socorro en desastres.
- Ayuda a refugiados y desplazados.
- Ayuda humanitaria.
- Ops contra el crimen organizado y el terrorismo int.: Vigilancia de fronteras, patrullas, colaboración con el Estado anfitrión en la captura de criminales…
- Ops de aplicación de sanciones: forzar a un país o fracción a cumplir una ley internacional o resolución de Naciones Unidas. Comprende la negación de suministros, privilegios diplomáticos, económicos y comerciales y de libertad de movimientos. El papel del ejército suele ser de vigilancia de fronteras.
- Tipos de sanciones:
- Embargos: Prohibición o restricción de entrada o salida de mercancías, personas y servicios.
- Zonas de exclusión aérea: Prohibición de sobrevuelo de un espacio aéreo a un país.
- Interdicción marítima: Vigilancia e interceptación de barcos comerciales para verificar o confiscar el cargamento.
- Tipos de sanciones:
- Ops de apoyo a autoridades civiles: Se emplean en circunstancias inusuales o cuando una emergencia sobrepasa la capacidad de las autoridades civiles.
- Ops de evacuación de no combatientes: Residentes en un área de crisis o conflicto armado. Por decisión de un gobierno.
- Ops de extracción: Para evacuar fuerzas propias amenazadas a una zona más segura.
- Ops de búsqueda y rescate: Localización y salvamento de personal en peligro en tierra y mar.
– Estructuras militares internacionales con participación española
Battlegroups de la UE
Grupo de combate que pertenece a la PCSD de la UE. En 1999 se propuso la creación de los Battlegroups de la UE. Son fuerzas de intervención rápida de Estados puestas a disposición de la UE, ej: RD Congo 2003. Renovadas 6 meses, autonomía 6000km, despliegue de 5 a 15 días, batallón interarmas de 1500 miembros. Acciones en 2 escenarios distintos.
Misiones: se crearon para las misiones de Petersberg: misiones humanitarias y de rescate, de imposición de la paz, restablecimiento de la paz, mantenimiento de la paz o de gestión de crisis. Su intervención depende del consentimiento de los estados, OTAN y mandatos expresos del CS.
Eurocuerpo
No pertenece a la UE, aunque trabaja con ella. Creado por Alemania y Francia en 1992. España con la Directiva de Defensa Nacional I/92 promueve y participa en la estabilidad y seguridad en Europa, e impulsa las iniciativas de la UE en materia de Seguridad y Defensa. La decisión de empleo es competencia de cada Gobierno, en el marco de la UE, la OTAN o NNUU. Según los textos iniciales, interviene en defensa común (art. 5 de Washington), misiones de mantenimiento y restablecimiento de la paz o acciones humanitarias. Cada una de las naciones pre-asignaban una unidad tipo División acorazada o mecanizada. En 1999 se convierte en un cuerpo de reacción rápida europeo. No se trata de una organización de integración, sino de una cooperación entre Estados miembros. Comité Común, órgano de decisión compuesto por los JEMADs y Ministros de Exteriores de las cinco naciones. Su misión es la dirección político-militar y coordinación del empleo de las fuerzas. SFOR (Bosnia y Herz), KFOR, ISAF y actualmente EUTM Mali y RCA.
EUROFOR y EUROMARFOR
En 1992 España, Francia e Italia, cooperación en misiones solicitadas por la UE, para fortalecer la presencia y tener capacidad de realizar operaciones conjuntas en el Mediterráneo. Aparece en 1995: las misiones eran de tipo Petersberg, estando integradas en la PCSD. Están a disposición de la UE, UEO, OTAN y el CS y no existe limitación geográfica.
Fuerza Operativa Rápida Europea (EUROFOR): Era una fuerza terrestre, ligera y fácilmente desplegable de entidad División. Operativa entre 1998 y 2012 por restricciones de presupuesto. Inicio KFOR 2001 Albania.
Fuerza Marítima Europea (EUROMARFOR): fuerza marítima con capacidad aeronaval y anfibia no permanente. Su mando es un Comandante y existe un Comandante Táctico para cada participación. Misiones: 2002 Op Coherent Behaviour, contra el terrorismo en el Mediterráneo oriental, 2003 Op Resolute Behaviour en el cuerno de África, 2006 Apoyo a NNUU en Líbano, 2011 y 2014 Op Atalanta (piratería) en el cuerno de África.
European Gendarmerie Force (EUROGENFOR)
Fundada en 2004 y operativa en 2006. Italia, Holanda, Portugal, Rumanía, Polonia, Francia y España, para participar en zonas de estabilización y conflicto a petición de ONU, OTAN, UE, OSCE. Se compone de fuerzas policiales que operan como policía hasta la investigación y la seguridad pública. El CIMIN (Comité Interdepartamental de Alto Nivel), es uno de los órganos más importantes de la estructura (no permanente), cada Estado tiene un Alto representante del MINISAs.Ext. y otro del MINISDEF o MINISInt., además del Director General de las fuerzas.
Fuerza Anfibia Hispano-Italiana (SIAF)
Presta ayuda a la O. Participó en el Battlegroup de 2008. Se crea en 1997 y activada al año siguiente. Se compone de CG y dos batallones de Desembarco.
Grupo Aéreo Europeo
En 1995 Francia y Reino Unido crearon el Grupo Aéreo Europeo Franco-Británico, para potenciar la interoperabilidad de las fuerzas aéreas. En 1998 se transforma en el Grupo Aéreo Europeo, con la incorporación de más países. Trata de mejorar las capacidades de las fuerzas aéreas y realizar operaciones combinadas en beneficio de intereses compartidos.
10.B Programas de cooperación militar europea
Agencia Europea de Defensa: necesidad de la UE de mejorar sus competencias en materia de Defensa (programas de armamento). 2004, enmarcada en la PESC, adaptándose el Plan de Desarrollo de Capacidades, para influir a los Estados en desarrollar capacidades que necesita la UE. Tiene estructura permanente. Objetivos: Contribuir a definir los objetivos de capacidades militares de los Estados miembros, fomentar la armonización de las necesidades operativas, proponer proyectos multilaterales y coordinar los programas de cooperación, apoyar a la investigación sobre tecnología de Defensa, contribuir a reforzar las bases industriales y tecnológicas de defensa y mejorar la eficacia de los gastos militares. Suele realizar asesoramiento de misiones. Hoy asesora misiones PCSD, hay 133 pax y presupuesto 31M eu. Ej: RPAS o Gov Satcom liderado por España.
Pooling and Sharing. Iniciativa conjunta de Alemania y Suecia, con el objetivo de mantener las capacidades militares de los Estados e impulsar la cooperación para conseguir una mayor efectividad, sostenibilidad, interoperatividad y eficacia en los gastos. Cubre áreas muy amplias. Ejemplo: Mando Europeo de transporte Aéreo (España lo integra).
Finabel: Se creó durante la Guerra Fría para la estandarización de armamento. Se ha ampliado y redirigido hacia un foro de discusión y reflexión sobre las doctrinas militares. 21 estados. Cuenta con tres niveles: E.M. de las naciones, expertos militares, representados por los Directores de Doctrina de las naciones y grupos de trabajo, que desarrollan todos los estudios. *Independiente de la OTAN o de la UE, pero puede cooperar con ellos.
Organización Conjunta para la Cooperación en Materia de Armamento (OCCAR): existe un Tratado Internacional que materializa su creación, Convenio sobre el Establecimiento de la OCCAR, que entró en vigor en enero de 2001. Hoy se compone de seis estados: Alemania, Francia, Italia, Reino Unido, Bélgica y España. Trabaja generalmente con la UE. Objetivo: facilitar y gestionar la cooperación en materia de armamento entre países europeos: disminución de sobrecostes, políticas y procedimientos bien documentados, procesos de toma de decisión efectivos, rigor y eficiencia en la contratación.
– Concepto de diplomacia
Los órganos externos permanentes
Servicio Exterior del Estado. Conjunto de órganos, instituciones y medios humanos y materiales de la administración General del Estado, con la finalidad de fortalecer la presencia española en el exterior. *Son órganos creados por un Estado fuera de sus fronteras.
Misiones diplomáticas permanentes y representación ante la UE y otras OI
– Representar a España (puede ser múltiple). Instrumento principal de la AE. – Negociar con el Estado receptor, informar de la situación y fomentar relaciones amistosas. – Ejecutar la Política Exterior y la Acción Exterior de España.
Jefatura de Misión: La ejerce el Embajador, ostenta la representación y máxima autoridad de España ante el órgano receptor. Está acreditado por el Rey mediante credenciales y depende del MinisAsExt. Y Cooperación (MAEC). Ejerce la jefatura del personal de la misión y dirige la acción exterior en cumplimiento de las directrices del Gobierno en política exterior. *Puede proponer al Gobierno, a través del ministerio, ámbitos de acción exterior que considere adecuados.
Cancillería Diplomática y las Consejerías y Agregadurías: Desarrolla funciones diplomáticas, consulares o de cooperación. Ej.: Instituto Cervantes.
Oficinas consulares
Se encargan de funciones consulares y prestar asistencia y protección a los españoles en el exterior. Las oficinas pueden ser de carrera o honoraria. *Hay que diferenciar entre embajada (representación a nivel Estado: tratados, extradición…), y consulado (ciudadanos: documentación, etc.).
Privilegios e inmunidades diplomáticas
Se recogen en la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas de 1986.
Privilegios: Utilizar la bandera y el escudo del Estado, que el Estado receptor le ayude a conseguir locales necesarios para la misión, libertad de circulación (menos en las zonas de seguridad), libre comunicación con su Gobierno y exención de determinados impuestos.
Inmunidades: Inviolabilidad de los locales, sus archivos y documentos, de la correspondencia (valija diplomática no puede ser abierta), el diplomático no puede ser objeto de detención ni arresto, protección de su domicilio personal, inmunidad absoluta de jurisdicción penal y está exento de cualquier prestación personal (pública o militar).
*La Convención comprende privilegios a la familia y el personal de la misión, siempre y cuando no sean nacionales del país receptor y no se considere persona no grata. *En caso de ruptura de relaciones diplomáticas, se mantienen durante un cierto tiempo las inmunidades.