Las Cortes de Cádiz y la Constitución de 1812: El Primer Intento Revolucionario Liberal en España

El Primer Intento Revolucionario Liberal: Las Cortes de Cádiz y la Constitución de 1812

El 19 de noviembre de 1809, las tropas napoleónicas derrotaron al ejército de la Junta Central Suprema en la batalla de Ocaña. Las derrotas militares provocaron la disolución de la Junta Central a principios de 1810, que fue sustituida por un Consejo de Regencia de cinco miembros. En contra de su voluntad, el Consejo de Regencia mantuvo la convocatoria de Cortes que había hecho la Junta Central.

Los procuradores debían ser elegidos por sufragio censitario indirecto (el sufragio censitario es un sistema electoral por el que sólo tienen derechos políticos los propietarios, los que paguen una determinada cantidad de impuestos anualmente o aquellos que desempeñen determinados cargos), aunque en algunos lugares no se pudieron celebrar las elecciones. Finalmente, las Cortes se reunieron el 24 de septiembre de 1810 en Cádiz.

Ya en la primera reunión, los liberales consiguieron que se reconociera que eran depositarios de la soberanía nacional, es decir, que ejercían el poder como representantes de los ciudadanos de la nación. Además, acordaron la división de los tres poderes y reconocieron a Fernando VII como rey de España. Esto suponía un hecho revolucionario pues rompieron con la idea tradicional de que la soberanía residía en el rey y liquidaron los privilegios estamentales al reconocer la igualdad de todos los ciudadanos ante la ley.

La Labor Legislativa de las Cortes (1810-1814)

Entre 1810 y 1814, las Cortes desarrollaron una intensa labor legislativa: aprobaron numerosas leyes y la primera Constitución de España, que fue promulgada el 19 de marzo de 1812. Ello permitió acabar con el Antiguo Régimen y sentar las bases del sistema liberal. La Constitución de Cádiz fue un texto constitucional muy avanzado para la época que sería una referencia para muchos países de Europa y América.

Principios de la Constitución de 1812

La Constitución de 1812 recogía los siguientes principios:

  • Se reconocía el sufragio universal masculino (para los mayores de 25 años mediante un sistema electoral indirecto en varias instancias electivas: parroquia, municipio y provincia), las libertades civiles (libertad de pensamiento, opinión e imprenta), los derechos ciudadanos (de propiedad, de educación, etc.), la igualdad jurídica y fiscal (impuestos proporcionales), la inviolabilidad del domicilio, derechos penales y procesales, abolición de la tortura…
  • La nación se define como el conjunto de ciudadanos de ambos hemisferios, que ejercen su soberanía mediante el sufragio.
  • España es proclamada una monarquía con división de poderes:
    • El poder legislativo recaía en las Cortes, que elaboraba las leyes, aprobaba los presupuestos, así como los tratados internacionales y comandaba el ejército.
    • El monarca era la cabeza del poder ejecutivo. Así, dirigía el gobierno, intervenía en la elaboración de las leyes, a través de la iniciativa y la sanción, y tenía veto suspensivo durante dos años.
    • El poder judicial era competencia de los tribunales. La Constitución estableció los principios básicos del Estado de Derecho (inamovilidad de los jueces, garantías procesales…).
  • Se reconoce la confesionalidad del Estado.
  • Se establece la obligatoriedad de la enseñanza primaria.
  • Se crea un ejército nacional con un servicio militar obligatorio.
  • Se organiza el Estado en provincias y municipios, gobernados por Diputaciones y Ayuntamientos electivos.
  • Se regula la Milicia Nacional como cuerpo de ciudadanos armados para defender las libertades.

Reformas Impulsadas por las Cortes de Cádiz

Además de elaborar y promulgar la Constitución de 1812, las Cortes de Cádiz aprobaron una serie de leyes y decretos que supusieron la abolición del Antiguo Régimen y la implantación de un régimen liberal. Entre otras, se aprobaron las siguientes reformas:

  • Se abolió el régimen señorial: se suprimieron las jurisdicciones privadas para imponer la autoridad pública y la legislación estatal en todo el territorio nacional. Los señores perdieron sus funciones judiciales y administrativas, pero se transformaron en propietarios. Esto originó conflictos con los campesinos que reclamaban las tierras.
  • Se intentó iniciar una reforma agraria mediante la expropiación de los bienes de los conventos suprimidos por el gobierno de Napoleón, la venta de terrenos baldíos comunales y la limitación de los mayorazgos.
  • Se decretó la libertad de comercio, de industria y de trabajo, suprimiendo los gremios y las aduanas interiores.
  • Se abolió la Inquisición (aunque esta medida no sería efectiva hasta 1820 y en 1823 se volvería a implantar hasta ser suprimida definitivamente en 1834).

Oposición a las Reformas y Dificultades en su Aplicación

La guerra hizo imposible llevar a cabo estas medidas y aplicar la Constitución, ya que el territorio estaba en manos francesas. La labor de las Cortes de Cádiz contó con la oposición de los absolutistas que deseaban volver al Antiguo Régimen una vez que Fernando VII recuperase el trono.