Constitución de 1812
Este texto es una sección de artículos de la Constitución de 1812, fuente primaria, carácter jurídico y contenido político y además es público por ser una constitución. Se enmarca en plena guerra de independencia contra invasión francesa y en el comienzo de la Revolución liberal burguesa en España. Sus autores son los 184 diputados en las Cortes de Cádiz por consejo de Regencia a quienes la Junta Suprema Central traspasó los poderes en 1810. Los diputados se reunen en la Isla de León el 24 de septiembre de 1810 en asamblea constituyente en vez de en Cortes estamentales. Fue promulgada el 19 de marzo de 1812, día de San José, conocida como La Pepa. La estructura es sencilla, se compone de un discurso preliminar y 384 artículos divididos en 10 títulos y derechos y deberes de españoles.
Artículos Clave
- Artículo 1: Aparece el concepto de nación española que es como el conjunto de todos los ciudadanos sin distinguir entre españoles de 2 hemisferios.
- Artículo 2: La nación se declara libre e independiente y no puede ser considerada propiedad de ninguna familia real como en el antiguo régimen.
- Artículo 3: Refleja el principio de soberanía nacional donde el poder está en el pueblo a través de sus representantes, no en el rey de origen divino.
Artículo 4
Se citan derechos fundamentales del individuo que la nación debe proteger: libertad y propiedad, que es un derecho sagrado e inviolable. Habla también de igualdad ante la ley, libertad de expresión y prensa, e inviolabilidad del domicilio.
Artículo 8
Aparece la obligatoriedad de que todos paguen impuestos en función de su riqueza, sin estar exentos los privilegiados.
Artículo 12
Establece un estado confesional, la religión oficial y única será la católica, apostólica y romana, como concesión a los absolutistas.
Artículos 15, 16, 17
Ponen una división de poderes, donde el legislativo corresponde a las Cortes con el rey, el ejecutivo lo tiene el rey y el poder judicial reside en tribunales de justicia.
Fin de la Constitución
La Constitución estuvo en vigor hasta que regresó Fernando VII en 1814, cuando el monarca la derogó para retornar al absolutismo. El alzamiento de Riego en 1820 restauró la constitución y el régimen liberal hasta 1823. Tuvo un tercer periodo entre 1836-37, hasta que se elaboró otra. Toda esta tarea legislativa no significó un triunfo definitivo de los liberales, ya que el pueblo, sentido absolutista, no reconoce el proceso revolucionario de Cádiz y aclamará la llegada de Fernando VII como rey absoluto. A partir de 1814, los españoles están divididos ideológicamente, esta ruptura se hará sangrienta a lo largo del siglo XIX.
Decreto 4 de mayo 1814
”Por manera que estas bases -yo el rey.” Se trata de un texto político circunstancialmente histórico cuyo autor individual fue Fernando VII, aunque probablemente fue redactado por algún consejero suyo. El destinatario es colectivo, ya que es un texto público dirigido a la nación española. Fernando VII, tras finalizar la guerra y la firma del Tratado de Valençay, regresa a España dirigiéndose primeramente a Valencia, donde recibirá el Manifiesto de los persas redactado por un grupo de diputados absolutistas. El rey quiso estudiar los apoyos con los que contaba para la restauración del poder absoluto antes de entrar en la capital y estar preparado para el ataque a las Cortes y a los liberales instalados en el gobierno de Madrid.
Ideas Clave
- Primera Idea: Fernando VII manifiesta su voluntad y decisión de abolir toda la obra legislativa de las Cortes de Cádiz y la Constitución de 1812, dejando clara su intención de restaurar el antiguo Régimen.
- Segunda Idea: Fernando justifica su sumisión a Napoleón tras las abdicaciones en Bayona el 6 de mayo de 1808, denunciando la prisión sufrida y la falta de libertad para ejercer funciones de gobierno.
- Tercera Idea: Refiere al Manifiesto de los persas, redactado por diputados absolutistas, y da pie a Fernando VII para tomar la decisión de volver al antiguo Régimen.
Resumen: Fernando se justifica para restaurar la monarquía absoluta versus intentos de revolución liberal que se intentaron desde 1808.