5.2 Las Cortes de Cádiz. La Constitución de 1812
Tras
Las abdicaciones de Bayona y los sucesos del 2 de Mayo, José 1 fue proclamado
rey de España. Esta noticia llegó a Madrid y estalló la Guerra de la
Independencia (1808–
1814). Además de ser un conflicto internacional dentro de
Las guerras napoleónicas, también adquiríó carácter de guerra civil.
A Los que estaban a favor se les llamaba afrancesados y defendían las ideas de la Revolución Francesa. José Bonaparte se rodéó de ilustrados y afrancesados Españoles y establecíó el Estatuto de Bayona para desligarse de su hermano (Julio de 1808) ante una asamblea de notables españoles. Es una carta otorgada, Es decir, una ley fundamental que el monarca concede al pueblo, sin que este Participe de forma significativa. Seguía un reformismo moderado y autoritario, Carácterístico del despotismo ilustrado. Se reconocieron algunos derechos Individuales y libertades económicas y unas Cortes estamentales. Se declaró la Abolición de los derechos señoriales y la Inquisición. Continúa la Desamortización, que afecta a los bienes inmuebles de la aristocracia y el Clero desafectos al poder. Este estatuto no se pudo aplicar en la totalidad del Territorio debido a la guerra.
Los Que estaban en contra (patriotas) defendían la monarquía de Fernando VII. Actuaban en su nombre ante el vacío de poder que se creó al estar el rey en Francia. Las juntas surgieron de manera espontánea. Eran de ámbito local y Provincial y estaban formadas por ilustrados, militares, clérigos y otras Personalidades elegidas por los ciudadanos. La necesidad de coordinarse Política y militarmente les obligó a construir juntas supremas provinciales y, Más tarde, la Junta Suprema Central con Floridablanca en Aranjuez (Septiembre De 1808), que estaba formada por 35 miembros. Para contrastar la asamblea de Notables y el Estatuto de Bayona, decidieron convocar unas cortes. Para ello, Discutieron si debían ser generales o estamentales, pero durante este proceso, Se disolvíó la Junta. Tras la disolución de la Junta Suprema Central, se crea En su lugar el consejo de regencia, que estaba formado por 5 miembros que Terminarán convocando las Cortes de Cádiz en Septiembre de 1810. Esta primera Secesión duró tres años. Las cortes se componen por diputados, procedentes de Clases medias urbanas compuestas por clérigos, abogados, militares, Comerciantes, etc. Los diputados se agruparon en tres sectores ideológicos. En El ala izquierda estaban los liberales, partidarios de la soberanía nacional, Es decir, que el poder residiera en la nacíón, con una constitución y una división de poderes en la que el poder legislativo residiera en las Cortes, el Judicial en los tribunales y el rey solo tuviera poder ejecutivo. En el ala Derecha eran absolutistas que defendían la soberanía absoluta sin división de Poderes. Sus ideas serán luego respaldadas por Fernando VII y, más tarde, por Los carlistas. Por último, en el centro estaban los Jovellanistas, defensores De una soberanía compartida entre la nacíón y el rey a través de unas cortes Estamentales, además de una división de poderes en la que el poder legislativo Lo tienen el rey y las Cortes, el ejecutivo el rey y el legislativo los Tribunales.
Las Cortes de Cádiz pretendieron cambiar la sociedad estamental por una de clases. Para ello, se llevó a cabo la supresión del régimen señorial y la abolición de Los derechos feudales (18II), es decir, desaparece el señorío jurisdiccional Pero se mantiene el territorial. Continúa la desamortización, que se aplicó en 1813 a las propiedades de la nobleza afrancesada, las órdenes militares Disueltas, los monasterios destruidos por la guerra y la mitad de las tierras Municipales. Por último, se suprime la Inquisición, las aduanas internas y los Gremios. Se divide el territorio en provincias.
La Constitución de 1812 fue la reforma más relevante llevada a cabo por las Cortes De Cádiz, proclamada el 19 de Marzo, en conmemoración de ca coronación de Fernando VII. Establecieron la soberanía nacional y la división de poderes Defendida por los liberales. El poder del monarca estaba muy limitado ya que el Poder legislativo está por encima del ejecutivo. El régimen político Establecido fue una monarquía parlamentaria. Se reconocieron los derechos Individuales como la libertad, la propiedad, la igualdad jurídica y fiscal, la Inviolabilidad del domicilio las garantías penales y la libertad de imprenta, Entre otros. Sin embargo, no existía una declaración explícita de derechos Individuales como en la Revolución Francesa. Se proclamó el Catolicismo como Religión oficial del Estado. Se adoptó un nuevo sistema electoral el que se Reconocía el sufragio general masculino, pero los esclavos y mendigos no podían Votar, y era indirecto ya que no elegían directamente a los diputados, sino a Unos representantes. Los notables locales salieron beneficiados. Se democratizó La vida municipal. Los alcaldes y concejales eran elegidos por sufragio Masculino indirecto. Además, se crea la Milicia Nacional, un cuerpo armado Civil de voluntarios encargado de defender la nacíón, y por lo tanto, la Constitución, sufragado por los ayuntamientos.