T13:
1) estamos ante un
texto cuya naturaleza es directa y primaria, ya que es una fuente histórica. Respecto a su forma, es un texto narrativo porque al ser un discurso expresa las ideas del autor, Clara Campoamor. Su contenido es político-social porque trata la posición de las mujeres en la sociedad. Su autoría es individual porque consta de un solo autor y su finalidad es publica y va destinado a los diputados de las cortes, por lo que es colectivo. Fue publicado en el “Diario de Sesiones
de las cortes constituyentes de la rep española”, el 1 de Sept de 1931. 2) El texto es un discurso de Clara Campoamor a favor de los derechos de la
mujer.
Dice que los derechos de la mujer son propios de los “pueblos civilizados” a pesar de los “tropiezos y vacilaciones” de un principio. También reivindica el derecho de la mujer en el derecho, siendo así “el primer país latino en el que la mujer sea reconocida”. ·En las ideas secundarias podemos
ver que apoya a la rep, ya que dice que “la rep hizo mas justicia a la mujer que 20 años de monarquía” y se dirige a los legisladores por la liberación de la mujer. 3) La segunda república en España comienza por el descrédito de la monarquía que había apoyado el régimen dictatorial de Primo de Rivera. La constitución de 1931 traerá a España varias reformas modernizadoras que chocarán frontalmente con los sectores tradicionalistas, preparándose el cambio hacia la Guerra Civil. 4) Es un documento de gran importancia para la historia de la mujer y su liberación y fue un gran avance para conseguir la igualdad de sexos, así como su derecho a voto.
T14:
1) naturaleza directa y primaria, fuente historia. Respecto a su forma es un texto objetivo porque explica el programa del
frente popular, es decir, sus ideas. Su contenido es político porque es un ideario político. Su autoría es colectiva ya que fue escrito por el frente popular y su finalidad es publica y va destinado a un colectivo. Fue publicado el 16 Enero de 1936 en El Socialista. 2) El tema principal es el programa del frente popular y en las ideas principales podemos ver los compromisos que tiene con el pueblo “amnistía”, “defensa de la libertad y la justicia”, “libertad democrática”. Podemos ver que el frente popular es una “coalición”, y podemos ver puntos en los que coinciden sus integrantes, como la amnistía y la restauración del “Imperio de la coalición”, pero también hay ideas en las que no están de acuerdo como la “nacionalización de la tierra”, ni quieren una dictadura marxista “no es una república dirigida por motivos sociales o económicos de clases”, sino un régimen de “libertad democrativa”, ni aceptan el “control obrero”. 4) El texto es importante porque en él se sientan las bases del frente popular. Se pueden ver las discrepancias de los republicanos frente a los socialistas.
T15:
1) Respecto a su forma, es un texto informativo, ya que es un
estatuto de autonomía del país
vasco, y por tanto su contenido es político y jurídico-legislativo. Su autoría es colectiva, ya que viene decretado por las cortes y va dirigido a la población vasca y española, por lo que su carácter es publico y colectivo. El estatuto fue decretado el 4 de Octubre en la Gaceta, en Madrid, durante el gobierno del frente popular. 2) En el preámbulo podemos ver el poder que decreta la ley: “el congreso de los diputados” formado por los diputados del PNV, del frente popular y de derechas. ·En el primer articulo, explica que Alaba, Gipuzkoa y Bizkaia son una región autónoma dentro del Estado español: “País Vasco”. También señala el vasco como el idioma oficial, junto con el castellano. ·En el quinto articulo permite al Gobierno Vasco tener su propia policía para mantener el orden publico. ·En el articulo 10 recoge los dos principios del liberalismo la soberanía popular y la división de poderes. Explica que el órgano legislativo se elegirá por “sufragio universal”. Por su parte, el órgano ejecutivo deberá ir acorde con el legislativo. Ademas, podemos ver que no le da total autonomía al PV “el gobierno provisional sera verificado bajo la presencia del gobierno civil”. 3) Desde la abolición de los fueros en 1876 y la industrialización, habían nacido las provincias vascongadas, que pretendían restaurar la foralidad con dos movimientos: los tradicionalistas y los foralistas. La accios de ambos grupos y la negativa oficial provoco el nacimiento del nacionalismo vasco de Arana. ·Este nacionalismo es el principal defensor de un Estatuto que recoja lo fundamental de la antigua foralidad. Sin embargo, no es hasta la II Rep cuando sus esfuerzos sean eficaces, cuando la coalición de republicanos y socialistas “Frente Pop” gane las elecciones de 1931. La aprobación del Estatuto Catalán hace que se redacte uno en el PV, pero se da con retraso por la falta de nacionalismo vasco en el pacto de SS. ·Este estatuto, aprobado con la guerra ya iniciada unicamente se da en Bizkaia y una pequeña franja de Gipuzkoa porque no estaban conquistadas por los franquistas. Sin embargo, dura muy poco porque cuando un año después son conquistados, el estatuto y el concierto economivo son derogados (excepto en Alaba y Nabarra), y el Gobierno continúa su labor en el exilio. 4) Este texto es muy importante porque refleja las bases del nacionalismo vasco y su ímpetu por recuperar autonomía. Establece un reconocimiento al pueblo vasco como una entidad política y no solo cultural y se reconoce el euskera como una lengua oficial.